La función principal del organismo será formular propuestas de mejora sobre la estrategia de Sanidade

 El conselleiro de Sanidade de la Xunta de Galicia, Antonio Gómez Caamaño.
El conselleiro de Sanidade de la Xunta de Galicia, Antonio Gómez Caamaño.


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Galicia creará su Consejo Técnico Asesor de los Programas de Detección Precoz de Cáncer. El proyecto de Orden que formaliza legalmente al organismo, que por lo pronto se encuentra en plena tramitación tal y como se ha publicado en el Portal de Transparencia y Gobierno abierto, tiene por objeto también regular su composición, funciones, constitución y régimen de funcionamiento

Según se puede observar en el texto oficial, el Consejo se configura como un órgano colegiado de carácter consultivo y de asesoramiento técnico-científico, adscrito a la Consellería de Sanidade, encargado de asesorar y formular propuestas de mejora sobre la estrategia, implantación y seguimiento de los programas de cribado de cáncer de Galicia.

Además, se encargará de fomentar la formación e información a profesionales, pacientes y familias en el ámbito de la detección precoz de cáncer, así como de promover la investigación en este campo, en especial en lo referente a la investigación en red. 

Asimismo, el organismo fomentará la participación e información de pacientes en los órganos y procesos de decisión y revisará la evaluación global de las actividades de los programas, aparte de elevar a la Consellería de Antonio Gómez Caamaño la memoria anual de la actividad del Consejo. 

Composición del Consejo Asesor de Cribados gallego


Estará compuesto por una presidencia, una vicepresidencia, una secretaría y once vocalías. En total, catorce miembros. La presidencia le corresponderá a la persona titular de la dirección general competente en materia de salud pública y la vicepresidencia a la persona titular del Centro Gallego de Prevención y Control de Enfermedades (Cegace).

Por su parte, la secretaría será ejercida por la persona titular del servicio competente en materia de detección precoz de enfermedades y las vocalías serás designadas por la presidenta. 

Eso sí, serán vocales de este Consejo una persona experta en Epidemología, dos profesionales designados entre el personal facultativo especialista en Oncología Médica, dos personas designadas entre el personal facultativo especialista en Medicina Preventiva, un representante del Servicio de Detección Precoz de Enfermedades, un profesional del campo de la Genética, un facultativo de Aparato Digestivo, una persona designada entre personal facultativo en patología de mama, un representante de las asociaciones de pacientes y un facultativo especialista en patología del cuello del útero

La elección de las personas integrantes del organismo se hará por un periodo inicial de tres años. Transcurrido este plazo, los miembros del mismo continuarán en sus funciones hasta que se produzca un nuevo nombramiento. 

El Consejo funcionará en pleno, sin perjuicio de que se pueda acordar la creación de grupos de trabajo para el estudio de asuntos concretos. De todas formas, el pleno se reunirá en sesión ordinaria, como mínimo, una vez al año.
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