Los nuevos profesionales serán incorporados a las unidades y servicios especializados en endocrinología y nutrición

El Sergas crea la categoría de dietista-nutricionista con 94 plazas
El conselleiro de Sanidade, Julio García Comesaña.


9 ene. 2023 11:30H
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POR JESÚS MEDIAVILLA
La Consellería de Sanidade de la Xunta de Galicia ha publicado este lunes el decreto 221/2022, de 22 de diciembre, por el que se crea la categoría estatutaria de dietista-nutricionista del Servicio Gallego de Salud (Sergas). Se completa así sí un proceso de elaboración que se inició en febrero de este año con la exposición pública del proyecto del decreto y que contó con la participación de las organizaciones sindicales en la Mesa Sectorial.

Los nuevos profesionales estarán reconocidos con el nivel A2 y podrán ser incorporados a las unidades y servicios especializados en el ámbito de la endocrinología y nutrición. Además, las primeras plazas estarán repartidos en las siete áreas sanitarias: 18 estarán en la de A Coruña y Cee; 7 en la de Ferrol; 16 en la de Santiago y O Barbanza; 15 en la de Lugo, A Mariña y Monforte de Lemos; 13 en la de Ourense, Verín y O Barco de Valdeorras; 15 en la de Vigo; y 10 en la de Pontevedra y O Salnés.

Para acceder a la categoría de dietista-nutricionista, como personal estatutario fijo o temporal, “será indispensable estar en posesión del título universitario oficial de diplomado/a o graduado/a en Nutrición Humana y Dietética”, según el decreto.


¿Cuáles son las funciones de un dietista-nutricionista?


En el marco de sus funciones, corresponde al personal dietista-nutricionista del Servicio Gallego de Salud desarrollar, con carácter general, actividades orientadas a la alimentación de la persona o de grupos de personas, adecuadas a las necesidades fisiológicas y, en su caso, patológicas de las mismas, y de acuerdo con los principios de prevención y salud pública.

No obstante, existen una serie de servicios que deberán prestar y que son específicos de cada nivel asistencial. Así, en el ámbito de la Atención Primaria deberán:
  • Realizar valoraciones del estado nutricional.
  • Dar soporte en la prescripción de dietas y consejos alimentarios.
  • Identificar los factores de riesgo y las prácticas dietéticas inadecuadas, mediante cuestionarios de cribado y registros dietéticos.
  • Colaborar en el soporte nutricional domiciliario en las funciones que le son propias.
  • Elaborar dietas estandarizadas.
  • Participar en programas de información y educación alimentaria y nutricional, preventivos o terapéuticos, y otras acciones e intervenciones en el ámbito de la salud comunitaria.
  • Participar en la formación continuada del demás personal sanitario en materia de dietética y nutrición.
  • Participar en la coordinación, en materia de dietética y nutrición, entre los niveles asistenciales.
  • Realizar una actividad estadística en clave de igualdad y/o violencia de género.
  • Cualquiera otra función que se corresponda con el conjunto de aptitudes y capacidades que derivan de la titulación de diplomado/a o graduado/a en Nutrición Humana y Dietética.
Mientras, si ejercen en el ámbito hospitalario, sus funciones se circunscribirán a:
  • Colaborar en la adecuación de los sistemas de alimentación establecidos en cada centro y en la elaboración del manual o código de dietas hospitalarias.
  • Realizar el diseño, la confección y el seguimiento de las dietas especiales o personalizadas por solicitud de personal facultativo especialista en endocrinología y nutrición.
  • Colaborar en la prevención de desnutrición hospitalaria, mediante la valoración del estado nutricional, dentro del equipo multidisciplinar.
  • Participar en la coordinación y la relación del servicio/unidad de endocrinología y nutrición con el área de trabajo de hostelería y alimentación.
  • Realizar valoraciones del estado nutricional.
  • Calcular necesidades nutricionales.
  • Informar al equipo responsable de las deficiencias nutricionales actuales o potenciales.
  • Elaborar protocolos de seguimiento, control y evaluación nutricional.
  • Participar en la elaboración de un plan de intervención individual según la patología y la prescripción nutricional.
  • Participar en la indicación del soporte nutricional.
  • Informar al/a la paciente y familiares de las características de la dieta/pauta nutricional prescrita.
  • Participar en la coordinación, en materia de dietética y nutrición, entre los niveles asistenciales.
  • Cualquier otra función que se corresponda con el conjunto de aptitudes y capacidades que derivan de la titulación de diplomado/a o graduado/a en Nutrición Humana y Dietética.

Complementos salariales


En otros aspectos, el decreto mantiene que se acuerda clasificar en el nivel 22 los puestos de trabajo de dietista-nutricionista y que las retribuciones complementarias de dichos puestos de trabajo serán las siguientes:
  • Complemento de destino: 577,82 euros
  • Complemento específico: 266,71 euros
  • Productividad: 195,90 euros
El personal dietista-nutricionista de atención primaria percibirá, como complemento de productividad en su factor variable, la cuantía que corresponda por el cumplimiento de los objetivos prefijados por el Servicio Gallego de Salud. Las cuantías y demás condiciones de aplicación de este complemento serán las mismas que se establecen con carácter general para el demás personal sanitario, subgrupo A2, de atención primaria.
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