Alfonso Alonso ha presentado el Anteproyecto de la Ley del Tercer Sector y la Ley de Voluntariado por la cual se pretende facilitar que las personas puedan ejercer el voluntariado e insertar planes de formación en las escuelas que fomenten esta acción social



23 ene. 2015 17:06H
SE LEE EN 4 minutos
Redacción. Madrid
El ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Alfonso Alonso, ha presentado al Consejo de Ministros dos anteproyectos que modernizan y refuerzan la acción solidaria española, que representan los 6 millones de voluntarios y las 30.000 entidades que en España canalizan la solidaridad de los ciudadanos, estos son los de las leyes de Voluntariado y del Tercer Sector de Acción Social.

Alfonso Alonso, Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Alonso ha indicado que la administración facilitará el acceso a las fuentes de financiación disponibles, y en esta línea impulsará la responsabilidad social empresarial. Además, en los planes de estudio escolares se incluirán contenidos y referencias al Tercer Sector de Acción Social y a su importante labor.

“Creemos que así podremos dar cabida a la disposición a la solidaridad que han demostrado nuestros ciudadanos y abrir cauces para que las personas puedan ejercer el voluntariado”, ha comentado Alonso. Y es que 6 millones de españoles y españolas son voluntarios, es decir, un 15 por ciento de la población.

Reforma de la Ley de Voluntariado

El texto presentado por Alonso deroga la vigente ley de 1996  e incluye entre los principios de la acción voluntaria “la accesibilidad de las personas con discapacidad” y la “no discriminación” entre las personas voluntarias por cualquier tipo de razón, ya sea nacionalidad, raza, religión, ideología, edad, orientación sexual o discapacidad.

Además, garantiza que las personas con discapacidad, las personas mayores, las dependientes o las que tengan problemas de movilidad puedan ser voluntarias para realizar actividades altruistas en este tipo de organizaciones en las mismas condiciones que el resto, teniendo en cuenta “sus capacidades y circunstancias personales”.

En el caso de las empresas, éstas podrán participar en actuaciones en dicho campo siempre que se adapten al interés general que define la norma y a sus proyectos se sumarán los propios trabajadores si así lo desean, aunque en ningún caso sin que ello signifique el cese del contrato.

Por otro lado, es la primera vez que se establecen una serie de restricciones en dicho campo. Así, las personas entre dieciséis y dieciocho años necesitarán la autorización de sus padres o tutores, y las personas con discapacidad y mayores ejercerán su labor en formatos adecuados y en condiciones acordes a sus circunstancias personales, sobre la base de la accesibilidad.

Además, los condenados por delitos contra menores no podrán participar en proyectos que conlleven contacto con ellos y los condenados por violencia de género o por violencia doméstica no podrán formar parte de programas que supongan contacto con familias, mujeres o jóvenes.

Ley del Tercer sector de Acción Social

El Anteproyecto de Ley del Tercer Sector de Acción Social se ha configurado como el primer marco jurídico por el que se reconoce el desempeño de las actividades que desarrollan las organizaciones que se dedican a la solidaridad, la igualdad de oportunidades, la inclusión y la participación.

La norma reconoce legalmente a los organismos ya existentes de participación institucional e interlocución entre las administraciones públicas y las ONG, a la vez que se compromete a regular el Consejo Estatal de Organizaciones no Gubernamentales de Acción Social y la Comisión de Diálogo Civil con la Plataforma del Tercer Sector.

La nueva Ley define el Tercer Sector de Acción Social como el conjunto de organizaciones de carácter privado, sin ánimo de lucro y surgidas de la iniciativa ciudadana o social que buscan objetivos de interés general a través de la solidaridad y participación. A partir de esto, se han concretado sus principios, que son la participación democrática de sus miembros, el carácter altruista, la transparencia en la gestión, la autonomía, la cohesión social, la promoción de la igualdad y la no discriminación y el establecimiento de fines socialmente relevantes.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.