Sanidad cuenta con un protocolo para designar número de orden a aquellos aspirantes con la misma puntuación

Las siete fórmulas para desempatar en el MIR
Carlos Moreno, director general de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad.


18 sept. 2016 16:30H
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Los empates no son una posibilidad en el MIR. La evaluación de acceso a la formación sanitaria especializada dota de un número de orden único para todos los aspirantes que se presentan. En el caso de dos o más candidatos que hayan obtenido la misma calificación, el Ministerio de Sanidad ha establecido un mecanismo para determinar quiénes deberán estar de primeros y poder elegir antes la especialidad y centro de su preferencia. Específicamente, se trata de un protocolo con siete puntos a emplear de ser necesario.

Cuando dos aspirantes a la residencia cuenten con la misma calificación al sumar todos los puntos del examen y del baremo académico, “se resolverá el empate a través de esta relación definitiva de resultados, a favor, en primer lugar, de aquel que hubiera obtenido mayor número de respuestas correctas en el ejercicio de contestaciones múltiples”, según indica el apartado quinto de la orden SSI/1892/2015, de 10 de septiembre. Sin embargo, conscientes de que la cifra también puede coincidir ha agregado que también se valorará positivamente las pruebas con “menor número de respuestas incorrectas”.

En el supuesto de permanecer el empate, la tercera vía que empleará la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad será dar prioridad a aquel aspirante con el mayor porcentaje de sobresalientes en el conjunto de sus calificaciones incluidas en el cálculo del baremo académico. Una fórmula que expande en el cuarto punto con la valoración del total de notables obtenidos en el conjunto de las calificaciones incluidas en el cálculo del baremo académico.

Si ninguno de estos aspectos permitiera distinguir entre los números de orden, Sanidad dejará de optar por factores académicos para optar por otros más relacionados con el azar, como es escoger “aquel en el que el día de nacimiento sea menor” o, incluso, “aquel en el que el mes de nacimiento sea menor”. Como última instancia, el Ministerio plantea que la decisión radique en el sorteo celebrado al efecto en la Subdirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad.
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