El Ministerio de Sanidad publica las condiciones y pasos a seguir para solicitar este cambio de especialidad

Hay residentes que, si cumplen los requisitos que recoge Sanidad, pueden cambiar su plaza MIR.
Asignación de plazas MIR.


8 may. 2024 13:00H
SE LEE EN 4 minutos
Una vez comienzan su formación como residentes, los MIR tienen una opción para cambiar de especialidad. Se trata de una situación excepcional que no siempre ocurre, pero el Ministerio de Sanidad, en su guía para la formación de residentes, indica los pasos a seguir en caso de que uno de ellos quiera solicitar este cambio. Este documento recoge la información necesaria para adaptar rápidamente a la residencia y conocer todo el proceso formativo de los próximos cuatro o cinco años, desde el sistema de evaluación de los residentes, el reconocimiento médico, traslados o incluso esta solicitud de cambio de especialidad.

Para llevar a cabo este cambio excepcional de especialidad, se deben tener en cuenta una serie de requisitos principales que se recogen en la guía del periodo de residencia en Formación Sanitaria Especializada. Por un lado, que esto se realice en los dos primeros años de formación, que el cambio que se solicite "sea dentro del mismo centro o en otro de la misma Comunidad Autónoma" y que exista plaza vacante acreditada en la especialidad que se solicita. 

También se exige que la persona solicitante haya obtenido en la convocatoria anual de pruebas selectivas para el acceso a plazas en Formación Sanitaria Especializada un número de orden que le hubiera permitido acceder, en dicha convocatoria, a la plaza de la especialidad a la que pretende cambiar. Por otro lado, se deben acreditar razones excepcionales que motiven el cambio de especialidad, entendiéndose por estas, circunstancias objetivas y sobrevenidas durante la residencia, que impidan la continuación en la especialidad que se esté cursando.

Tampoco se le debe haber autorizado un cambio de especialidad previamente y el residente deberá adjuntar la documentación que acredite no haber superado el reconocimiento médico por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL) o por otras razones excepcionales. Y es que las personas adjudicatarias de plaza en formación que no hayan superado el examen médico "podrán solicitar cambio excepcional de especialidad", en el plazo de quince días desde la fecha en la que se ha notificado el resultado de dicho examen, aun cuando no se haya iniciado el periodo de residencia.

"Para ello, la Comisión de Docencia presentará un informe detallado del SPRL y la documentación justificativa de dicha excepcionalidad, que será evaluada por el Registro Nacional de Especialistas en Formación y si procede, la Dirección General de Ordenación Profesional emitirá la resolución de cambio de especialidad o la resolución de pérdida de derechos a la plaza adjudicada", concreta Sanidad.


¿Cómo solicitar el cambio de especialidad MIR?


Lo primero que debe hacer un residente que, tras cumplir esos requisitos ya mencionados, quiere solicitar un cambio de especialidad, es rellenar una solicitud para la Comisión de Docencia de su Centro o Unidad junto con la documentación que acredite las razones excepcionales que motiven el cambio de especialidad.

En ese momento, la Comisión de Docencia, junto con su informe, en el que se motivará si es favorable o desfavorable, dará traslado de la solicitud al Registro Nacional de Especialistas en Formación. Después, el Ministerio de Sanidad solicitará un informe a las Comisiones Nacionales de las dos especialidades implicadas (el informe de la especialidad de destino determinará, en caso de concederse el cambio, el curso y los términos en los que ha de producirse la incorporación), al órgano competente en materia de Formación Sanitaria Especializada de la Comunidad Autónoma, así como al centro o unidad de destino donde se haya solicitado el traslado.

Posteriormente, la Dirección General de Formación Profesional, a la vista de los informes, resolverá lo que proceda y dará traslado de la resolución a la persona especialista en formación, a la Comunidad Autónoma y a las Comisiones de Docencia de origen y destino.
¿Quieres seguir leyendo? Hazte premium
¡Es gratis!
¿Ya eres premium? Inicia sesión
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.