Un grupo de expertos ha trabajado durante tres años para delimitar cómo hacerlo



8 jul. 2015 12:32H
SE LEE EN 3 minutos
David García / Javier Barbado. Madrid
La Dirección General de Cartera Básica de Servicios, que encabeza Agustín Rivero, decidirá, junto con los gobiernos autonómicos, qué procedimientos clínicos y tecnológicos de la actividad hospitalaria diaria merecen ser evaluados ante la incertidumbre de su efectividad y eficiencia, y contratará para ello a los fabricantes del producto asociado a la práctica evaluada a partir de fórmulas de riesgo compartido.

Agustín Rivero, director general
de Servicios.

Así se deduce de la lectura de la orden publicada este miércoles en el boletín oficial del estado (BOE), por la que se incorporan algunas novedades a la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS), entre otras la cirugía de lipoatrofia facial asociada a VIH-SIDA, tratamiento reparador que se ha probado en los últimos años y del que ahora se acredita  su seguridad.

La orden modifica y actualiza la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. Según se explica en el texto, se trata del resultado de los trabajos de un grupo de expertos nombrados hace más de tres años por el Consejo Interterritorial.

Estos especialistas han elaborado propuestas de concreción y actualización de la cartera común básica de implantes quirúrgicos, de forma que se desglosa el contenido de muchos epígrafes, se especifican las condiciones de uso de algunos implantes, se eliminan aquéllos que se consideran obsoletos y se incluyen aquéllos otros que han demostrado seguridad, eficacia y eficiencia.

Una de las novedades es que se incluyen en la cartera básica los tratamientos quirúrgicos de la lipoatrofia facial asociada a VIH-SIDA.
En cuanto a los estudios de monitorización, la orden recién publicada regula su aplicación ya que, según se advierte en el propio texto, existe hasta la fecha “alguna incertidumbre” sobre su efectividad y eficiencia en la práctica clínica diaria.

Esto es, fija las directrices que debe seguir un gobierno autonómico para seleccionar aquéllas técnicas, tecnologías y procedimientos del ámbito hospitalario que precisan ser evaluados para averiguar si su uso en el tiempo está justificado tanto desde el punto de vista clínico como económico.

La regulación incluida en la cartera de servicios comunes del SNS especifica, asimismo, cuál deberá ser el papel de las empresas comercializadoras de los productos cuyo uso se estudia, y se indica que será la Dirección General de Cartera Básica de Servicios el organismo que acuerde con aquéllas las condiciones económicas de los contratos de riesgo compartido firmados.

Objetivo: eludir diferencias entre comunidades autónomas

En conclusión, la orden pretende mantener la cohesión en el SNS y garantizar unas prestaciones más eficaces y seguras y una mayor equidad en el acceso para todos los ciudadanos, evitando diferencias entre las prestaciones que reciban los usuarios en cada una de las comunidades autónomas, con lo que se logrará una mayor homogeneidad y una racionalización del gasto sanitario.

ENLACES RELACIONADOS:

Acceda a la orden del BOE

El presupuesto para mantenimiento de tecnología sanitaria cae un 19 por ciento en dos años (19/01/15)

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.