Desestima el recurso del Colegio de Castellón y confirma la legalidad del proceso electoral iniciado en 2011 y actualmente en vigor



6 jun. 2013 22:20H
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Redacción. Madrid
Después de la reciente sentencia del Tribunal Supremo relativa a la Asamblea General del Consejo General de Enfermería de diciembre de 2010, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado una sentencia que despeja cualquier duda sobre la legitimidad de Máximo González Jurado para desempeñar el cargo de presidente de esta corporación. En la sentencia se desestima un recurso del Colegio de Castellón referido a las elecciones de 2011, las últimas acontecidas, al considerar, entre otros extremos, que González Jurado ha acreditado suficientemente los 15 años de ejercicio profesional que marcan los estatutos del Consejo General de Enfermería.

Máximo González Jurado preside el Consejo General de Enfermería.

Asimismo rechaza el otro argumento del Colegio de Castellón, referido a que el actual presidente no recibió el apoyo de 15 colegios provinciales, requisito necesario también para ser candidato. La sentencia detalla que al menos lo hicieron ese número de corporaciones provinciales (Ávila, Asturias, La Rioja, Cantabria, Cáceres, Jaén, Lérida, Lugo, Barcelona, Cádiz, Zaragoza, Toledo, Vizcaya, Orense y Salamanca), y corrobora que “dichas certificaciones en ningún caso se han desvirtuado en su autenticidad por la parte recurrente ni se ha articulado prueba alguna sobre su contenido”. Fuentes del Consejo General detallan que llegaron a ser 40 los que respaldaron a González Jurado para ser candidato en las elecciones de 2011.

Según ha informado el Consejo General a este diario, “el Colegio de Enfermería de Castellón acumula una deuda a junio de 2103 de 3.355.467,40 euros con el Consejo General de Enfermería desde 1993 (es decir 20 años acumulados) y ha adoptado una política consistente en impugnar reiteradamente la práctica totalidad de acuerdos y resoluciones del Consejo para entorpecer su reclamación y ganar tiempo. Esta deuda se debe al impago de las cuotas que la legislación vigente y la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo establecen que obligatoriamente tiene que abonar al Consejo General”.

Para el Consejo General de Enfermería, “los hechos declarados como probados dejan muy claro el cumplimiento de los requisitos legales por parte del actual presidente de este Consejo General, y ponen en evidencia la torticera y sesgada utilización que estos Colegios morosos han venido haciendo de los hechos acaecidos”.

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