Con esta medida se anula una sentencia de junio de 2015 que sí la reconocía

El Supremo niega la antigüedad a los laborales con contratos temporales
Personal sanitario.


25 nov. 2016 11:10H
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POR REDACCIÓN
El Tribunal Supremo ha estimado un recurso que anula una sentencia de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que reconocía la antigüedad de los trabajadores empleados por la Comunidad de Madrid que encadenaban contratos temporales, aunque pasasen más de tres meses entre los mismos, según recoge este viernes El Confidencial.

Esto también afecta a los trabajadores que tienen una plaza fija, dado que no se les reconoce la antigüedad acumulada en una etapa previa en la que fueron eventuales y en la que hubiesen pasado más de tres meses entre la concatenación de sus contratos.

Pese a todo, Elena Moral, de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios de Madrid (CSIF-M), no ve todo perdido, según ha explicado a El Confindencial. Esto se debe a que el pasado 25 de octubre el juzgado de lo social número 33 de Madrid reconoció parte de la antigüedad de un trabajador del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) del Hospital de El Escorial que entre 1990 y 1998 encadenó varios contratos temporales.

En 1998 ganó la oposición y se convirtió en laboral fijo, pero en abril de 2015 reclamó la antigüedad previa a 1998. La comunidad no se la reconoció debido a que habían pasado más de tres meses entre uno de sus contratos, finalizado en mayo de 1996, y el siguiente, firmado en enero de 1997.

El juzgado 33 dio la razón al trabajador y reconoció su derecho a que le fuesen reconocidos los siete trienios que presentaba al considerar como tiempo de trabajo para su cómputo los periodos previos a la fecha de antigüedad reconocida y prestados mediante contratos temporales.

Preguntada acerca de cómo van a seguir desarrollándose los acontecimientos en torno a este asunto -CSIF-M lleva unos 500 expedientes ahora mismo-, Moral ha señalado que tienen "otro juicio el 15 de diciembre” y que se mantienen a la expectativa de ver qué ocurre, “si se sigue la estela de este juzgado de lo social o del Supremo".

La estimación del recurso por parte del Supremo, dada a conocer esta semana, llama especialmente la atención del sector sanitario, donde la sucesión de contratos temporales es habitual.

Precisamente, acerca de este tema se ha pronunciado este jueves la Comisión de Sanidad del Congreso, donde se ha pactado una proposición no de ley (PNL) del Grupo Mixto para evitar la “concatenación de contratos temporales” y “esclarecer la situación del personal sanitario”, tanto en la pública como en la privada.
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