Exteriores del Tribunal Superior de Justicia de Aragón

Exteriores del Tribunal Superior de Justicia de Aragón Europa Press

Veterinaria

La Justicia reconoce el abuso sufrido por un veterinario por concatenar contratos pero no le hace fijo

El trabajador, que tampoco recibirá compensación económica, se encontraba vinculado a la administración autonómica desde 1999

Y además: El interino de sanidad tiene derecho a cobrar carrera aunque rechace la OPE

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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha reconocido la situación de “abuso” padecida por un veterinario que desde 1999 encadenó un contrato temporal tras otro con la Diputación General. “Existe un largo desempeño en funciones como interino recurrente sin que se haya acreditado que los nombramientos obedeciesen a motivos coyunturales”, ha concluido la Sala de lo Contencioso, que, sin embargo, ha rechazado la petición del demandante de obtener automáticamente una plaza fija en la administración.

Refleja la sentencia que este veterinario prestó servicio ininterrumpido para la Comunidad Autónoma aragonesa desde junio de 1999. Destaca el Alto Tribunal, a modo de ejemplo, que el afectado ejerció como interino y sustituto en mataderos durante 4.340 días. También pasó por el Servicio Provincial de Sanidad, así como por el Departamento de Desarrollo Rural de Huesca.

El veterinario acudió a los tribunales para exigir que se le aplicara la Directiva 1999/70/CE de la Unión Europea, destinada, entre otros objetivos, a acabar con el “abuso” de la temporalidad en las administraciones públicas. Argumentó, en este sentido, que el Ejecutivo autonómico había utilizado la figura del interino para cubrir necesidades permanentes y estructurales, algo que la legislación comunitaria prohíbe.

El TSJA ha dado la razón al trabajador al considerar que, en efecto, existió “un largo desempeño de funciones como interino” sin que se acreditara debidamente “que los nombramientos y permanencia en el desempeño de sus funciones obedeciesen a motivos coyunturales”. "Existe una situación objetivamente abusiva”, ha sentenciado.

En esta línea, apunta que la jurisprudencia “rechaza la figura de personal indefinido no fijo como solución para los supuestos de abuso por las administraciones públicas de contratos o nombramientos de carácter temporal para atender necesidades permanentes o de carácter estructural”.

"El abuso no implica automáticamente un daño"

Aunque el dictamen de la Justicia aragonesa es agridulce para el veterinario, que no ve satisfecha su petición de acceder a una plaza fija en la administración aragonesa.

Al respecto, y aunque reitera que los nombramientos del recurrente “deben ser considerados abusivos”, esta situación “no convierte al nombramiento en uno de carácter fijo o de estabilidad en la función pública, como tampoco esa situación de abuso puede determinar la aplicación de la normativa laboral y determinar un nombramiento de interino no fijo”. Es decir: “Que la mera situación de abuso no implica automáticamente que haya habido un daño”.

Por estas mismas razones, el Alto Tribunal considera que el veterinario no ha de recibir una compensación económica.

"Sí cabrá reclamar por aquellos daños materiales o morales, por una disminución patrimonial o una pérdida de oportunidad que el empleado público interino no tuviera el deber jurídico de soportar. Para ello deberá presentar una reclamación por daños efectivos e identificados", concluye.