Elma Sainz, ministra Protavoz.
La nueva 'baja por menopausia' mejora las condiciones de la incapacidad por contingencia común
El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo real decreto que amplía los supuestos de IT y flexibiliza las ayudas CUME
Y más: El Gobierno aprobará mejoras en la incapacidad temporal por patologías asociadas a la menopausia y ampliará las ayudas a familias con menores con cáncer
El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un nuevo real decreto-ley que amplía la cobertura de la Incapacidad Temporal. Así lo confirmó este lunes este periódico, tras consultarle al propio Ministerio de Seguridad Social. Con todo, la medida ya se ha aprobado: las patologías vinculadas a la menopausia pasarán a estar entre los supuestos contemplados por la Incapacidad Temporal. Además, contarán con una mayor protección que el régimen de enfermedad común. Por otra parte, también se han ampliado las prestaciones para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME). Ahora ambas iniciativas deben ser convalidadas por la Diputación Permanente.
Nuevos supuestos para la Incapacidad Temporal
Saiz ha defendido que con el nuevo texto, el Gobierno “da respuesta a situaciones que estaban invisibilizadas” y, a la vez, logra reducir las brechas en salud que llevaban años padeciendo las mujeres. De esta manera, en aquellos casos en los que la mujer padezca una patología limitante por trastorno menopáusico secundario codificado específicamente, reciba asistencia sanitaria por el Sistema Nacional de Salud y esté impedida para trabajar como consecuencia de esa patología, podrá acogerse al régimen de Incapacidad Temporal. Al igual que podrán hacerlo las mujeres víctimas de violencia de género.
Ambos casos tendrán “mayor protección que la Incapacidad Temporal por contingencia común desde el día siguiente a la baja y no van a exigir periodo de carencia”. En este sentido, la empresa tendrá que abonar el salario correspondiente al primer día y la Seguridad Social asumirá el pago de la prestación desde el día siguiente. La prestación económica se calculará sobre el 60 por ciento de la base reguladora y, a partir del día 20, sobre el 75 por ciento. “Son medidas que protegen a una parte muy importante de la fuerza laboral de nuestro país”, asegura Saiz.
Ampliación de ayudas a las CUME
Por otro lado, el Ejecutivo ha modificado también las condiciones de acceso y mantenimiento de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. Con la prestación más allá de los 26 años en los casos en los que la persona afectada tenga una dependencia de grado III o una discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
“Son medidas comprometidas con las familias y asociaciones con las que llevamos muchos meses trabajando, para sacar adelante también el nuevo reglamento que va a ver muy pronto la luz y que hay medidas como las que hoy llevamos que requerían un mayor rango”, ha concluido.