Ozempic.

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Industria farmaceutica

España excluye tres presentaciones de Ozempic de la financiación pública porque hay "otras alternativas disponibles"

El Ministerio de Sanidad publica el documento completo de las decisiones que tomó la Comisión de Precios de Medicamentos el pasado mes de julio. Entre ellas, plantea sacar de la prestación farmacéutica pública las dosis de 0,25, 0,5 y 1 mg del medicamento de semaglutida comercializado por Melyfarma

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El Ministerio de Sanidad ha publicado este jueves el documento completo de los acuerdos que alcanzó la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos (CIPM) en su reunión del pasado mes de julio. Entre ellos, se propuso excluir de la prestación farmacéutica pública tres presentaciones de Ozempic, al considerar que existen otras alternativas disponibles.

En concreto, el acuerdo afecta a Ozempic 0,25 mg, Ozempic 0,5 mg y Ozempic 1 mg, todas ellas soluciones inyectables en pluma precargada. Cabe destacar que se trata de este medicamento comercializado por Melyfarma, que es una importación paralela del medicamento con principio activo semaglutida.

La decisión, no obstante, todavía no es definitiva. El propio documento de acuerdos de la CIPM recuerda que las decisiones adoptadas en esta sesión tienen carácter no definitivo y están sujetas al correspondiente trámite de alegaciones por parte de las compañías antes de la resolución de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del SNS y Farmacia. Los cambios no serán efectivos hasta que se emita la resolución definitiva y se incorporen al Nomenclátor de facturación correspondiente.

Una financiación ya restringida

El acuerdo se produce sobre un medicamento cuya financiación pública ya se encuentra restringida a determinados pacientes. Ozempic está financiado en el SNS para adultos con diabetes mellitus tipo 2 no adecuadamente controlada, como complemento de la dieta y el ejercicio y añadido a otros medicamentos para la diabetes, incluida la insulina, cuando estos no proporcionan un control glucémico adecuado.

En este caso, la financiación está limitada mediante visado a pacientes con diabetes tipo 2 y obesidad, con un índice de masa corporal igual o superior a 30 kg/m², y en terapia combinada con otros antidiabéticos, no en monoterapia.

El documento recoge además otras indicaciones autorizadas de Ozempic, entre ellas su utilización en monoterapia cuando la metformina no se considera apropiada por intolerancia o contraindicaciones, pero la financiación que figura expresamente en el acuerdo está restringida a los criterios señalados.

Ozempic, dentro de las alteraciones de la oferta

La propuesta de exclusión de Ozempic aparece dentro del apartado de Alteraciones en la oferta de la sesión 272 del CIPM, junto a otros medicamentos para los que la Comisión plantea modificaciones de las condiciones de financiación o precio.

En este mismo bloque figuran, entre otros, propuestas de exclusión de Paracetamol Kern Pharma, Lomexin y Anticude, mientras que para otros medicamentos la Comisión plantea modificaciones al alza de precio.

En el caso de Ozempic, el acuerdo no plantea una nueva indicación ni una modificación del precio, sino específicamente la propuesta de exclusión de la prestación farmacéutica del SNS de las tres presentaciones señaladas, con la existencia de alternativas disponibles como justificación.

Por tanto, el acuerdo del CIPM no supone en este momento la retirada de Ozempic de la financiación pública en todos sus formatos ni constituye todavía una decisión definitiva. Se trata de una propuesta que afecta a las presentaciones de 0,25, 0,5 y 1 mg y que deberá culminar con la correspondiente resolución administrativa para hacerse efectiva.