El Boletín regional publica una orden que aclara que quienes rechazan derivaciones no salen del registro

Madrid ratifica que no penaliza a los pacientes que rechazan la derivación
Manuel Molina, viceconsejero de Sanidad de Madrid.


16 feb. 2017 16:10H
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La Consejería de Sanidad ha publicado este jueves en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) una modificación de las instrucciones de gestión del registro de pacientes en lista de espera quirúrgica del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), con esta modificación, que ya adelantó Redacción Médica la Consejería busca aclarar que los pacientes que rechazan derivaciones no salen del registro.
 
La Orden 804/2016 del pasado 30 de agosto, según la consejería, contenía errores en el apartado E de la instrucción quinta, relacionado con "la suspensión y baja en la lista de espera quirúrgica".
 
Así, en el punto que hablaba de los "motivos de baja/salida del registro de lista de espera: Causa por la cual causa baja/salida del registro, se elimina la causa número 12 que disponía el "rechazo a la propuesta de intervención en 5 o más centros alternativos públicos de apoyo habiendo permanecido voluntariamente en lista de espera un tiempo superior a los tres meses".
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