El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom) ha convocado elecciones para cubrir las vacantes de su Vicepresidencia Segunda y Vicesecretaría General el próximo 18 de diciembre de 2026. La decisión, adoptada por la Comisión Permanente, activa un proceso electoral dirigido a renovar los órganos de gobierno de la institución que representa a más de 300.000 facultativos en España.
La maquinaria administrativa de la corporación ya está en marcha y ha fijado unos plazos estrictos que arrancan hoy mismo para materializar el relevo. Los facultativos colegiados en ejercicio que cumplan los requisitos estatutarios y carezcan de incompatibilidades legales tienen hasta las 20:00 horas del 23 de octubre para presentar formalmente sus candidaturas. La Junta Electoral, encargada de garantizar la transparencia del proceso, detalla que la proclamación oficial de los candidatos definitivos tendrá lugar el 26 de octubre, fecha que dará el pistoletazo de salida hacia las urnas de diciembre.
Sistema de votación
La designación de los nuevos dirigentes no recae sobre el censo médico general, sino que corresponde de forma exclusiva a los miembros natos de la Asamblea General del Consejo. El reglamento del CGCOM aclara que los electores ejercerán su derecho mediante voto personal y secreto, habilitando una doble vía que permite tanto la participación presencial como la emisión del sufragio por correo certificado. El resultado de los comicios, que se celebrarán en la sede colegial, se resolverá por mayoría simple de los votos emitidos.
Quienes resulten ganadores de este escrutinio no iniciarán un ciclo institucional nuevo desde cero. La normativa interna argumenta que los elegidos asumirán los cargos únicamente durante el periodo restante de los mandatos que se encuentran actualmente vigentes. De esta forma, el médico que asuma la Vicepresidencia Segunda concluirá sus funciones el 4 de octubre de 2028, mientras que el titular de la Vicesecretaría General finalizará su etapa en la organización el 21 de febrero de 2029. Este mecanismo estatutario de renovación permite a la Organización Médica Colegial zanjar las vacantes directivas y mantener la operatividad administrativa sin alterar los ciclos ordinarios de representación.
