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La Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia ha publicado el acuerdo del Consello por el que se aprueban las medidas relativas a jornadas y descansos y personal MIR en el Servicio Gallego de Salud (Sergas). El pacto se alcanzó por unanimidad en la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Estatutario, acordando la mejora de determinadas retribuciones y de trabajo, en el marco del proceso de diálogo para la suspensión de la convocatoria de huelga de médicos y facultativos en la autonomía.

Así, con la publicación en el boletín autonómico se oficializa la creación del complemento en la nómina para las categorías A1 y A2, con efectos de 1 de enero del próximo año hasta 2029, como ya lo había avanzado el Gobierno gallego.

Residentes (MIR, PIR, EIR)

En el caso de los MIR y PIR, la cuantía se distribuirá de la siguiente manera:

  • 1 de enero de 2027: 75 euros al mes
  • 1 de enero de 2028: 100 euros al mes
  • 1 de enero de 2029: 120 euros al mes

Para las EIR, el monto aplicará así:

  • 1 de enero de 2027: 56,25 euros al mes
  • 1 de enero de 2028: 75 euros al mes
  • 1 de enero de 2029: 90 euros al mes

La resolución indica que, a partir del 1 de enero de 2030, los montos "se incrementarán en el porcentaje de incremento general que establezcan las sucesivas leyes de presupuestos".

Quinta guardia y sucesivas de los residentes A1

Además, "con efectos de 1 de junio de 2026 y por la alta prestación que supone, se incrementará el valor/hora de la quinta y sucesivas guardias realizadas en un mes". En ese caso, el valor de la hora de guardia con presencia física se compensará de la siguiente forma:

  • MIR primer año: 21,21 euros la hora
  • MIR segundo año: 24,27 euros la hora
  • MIR tercer año: 27,35 euros la hora
  • MIR cuarto y quinto año: 30,26 euros la hora

Guardia de presencia física de 17 y/o 24 horas en hospitales

El acuerdo contempla también el disfrute de un descanso compensatorio de la guardia del viernes en los 15 días siguientes a su realización. En los servicios en los que se pueda ver "comprometida la actividad asistencial, por ser de difícil cobertura, se podrá diferir dicha libranza del modo que se acuerde previamente" entre el médico y la gerencia del área sanitaria. La medida aplicará a las guardias realizadas desde el viernes 4 de septiembre de 2026.

En cuanto a los MIR, disfrutarán "de un descanso compensatorio de la guardia del viernes en los 15 días siguientes a su realización, preferentemente en la jornada hábil siguiente", aunque incluye la excepción de que, cuando las necesidades docentes o formativas "así lo aconsejen, se podrá diferir dicha libranza del modo que se acuerde previamente". La medida también aplicará a las guardias que se hayan realizado desde el viernes 4 de septiembre de este año.