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La Xunta podrá extender las medidas extraordinarias para cubrir puestos sanitarios de difícil cobertura a personal estatutario de otras categorías y a hospitales distintos de los incluidos inicialmente en la normativa, siempre que se justifiquen las necesidades asistenciales.

Así lo recoge la ley de acompañamiento de los presupuestos autonómicos de 2027, que modifica la regulación aprobada en 2022 para facilitar la provisión de determinadas plazas sanitarias mediante concursos de méritos. La Ley 2/2022 nació con el objetivo de agilizar la incorporación de profesionales a puestos de difícil cobertura, especialmente en Atención Primaria, hospitales comarcales y salud mental, mediante procedimientos extraordinarios sin oposición.

Oferta de plazas de difícil cobertura

En los años siguientes, el Servicio Gallego de Salud (Sergas) desarrolló distintos procesos selectivos al amparo de este marco. Una de las últimas ampliaciones se produjo a finales de 2025, cuando convocó alrededor de un centenar de plazas mediante concurso de méritos, más de 30 de ellas para pediatras de Atención Primaria. Ya en julio de 2026, la normativa se modificó para incluir las plazas de médicos de Urgencias del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO) entre las que podían acogerse a estas medidas extraordinarias.

Esta nueva modificación permite ahora extenderlas, mediante decreto del Consejo de la Xunta y a través de una oferta de plazas de difícil cobertura, a personal estatutario con título de especialista en Ciencias de la Salud de otras categorías y a puestos de otros hospitales. Para ello, deberán cumplirse los criterios previstos en la ley y justificarse expresamente en el expediente las necesidades que motivan la ampliación. La posibilidad se mantendrá durante la vigencia de la norma y sus eventuales prórrogas.

El texto también modifica el acceso al grado I de la carrera profesional para el personal facultativo que supere los procesos selectivos específicos contemplados en la ley y se incorpore de forma efectiva y permanente a su destino. Estos profesionales podrán solicitarlo tras tres años de servicio activo en el puesto, una medida excepcional que se aplicará hasta la convocatoria de acceso a los grados de carrera profesional de 2030.

Más cambios en Atención Primaria

Por otra parte, la ley prorroga hasta el 31 de diciembre de 2029 la posibilidad de formalizar nombramientos temporales de personal estatutario médico técnico de salud para reforzar la Atención Primaria, una medida extraordinaria recogida en la Ley 18/2021.

La norma modifica también el sistema de provisión de determinados puestos de jefatura y coordinación en Atención Primaria. Los que exijan dedicación exclusiva a las funciones de jefatura se cubrirán mediante un procedimiento de selección que valorará el currículo y un proyecto técnico de gestión, que deberá defenderse públicamente.

Para los puestos que no requieran dedicación exclusiva se mantiene la provisión por libre designación, aunque la gerencia podrá exigir un proyecto de gestión cuando lo justifiquen las características del servicio o unidad. Las convocatorias deberán concretar los requisitos y el contenido mínimo del proyecto, que incluirá el compromiso de impulsar un plan local de salud.

Como regla general, las jefaturas serán ocupadas por profesionales adscritos a la unidad o servicio, salvo en aquellos casos en los que la complejidad y la dedicación exclusiva justifiquen designar a una persona externa.

Cambios en Farmacia y medidas sobre adicciones

En materia farmacéutica se flexibiliza la distribución de las 22 horas semanales mínimas de apertura de las boticas anexas vinculadas a oficinas de farmacia de las conocidas como zonas farmacéuticas especiales, que podrán concentrarse de lunes a viernes.

La modificación se enmarca en las medidas de la Xunta para garantizar la atención farmacéutica en el rural. En febrero de este año, el Gobierno gallego declaró 29 zonas farmacéuticas especiales, atendiendo a factores como la dispersión poblacional, las dificultades de acceso y la viabilidad económica de las boticas.

También se regulan las alternativas de vinculación temporal cuando cierre la farmacia de referencia y se permite que determinados depósitos de centros sociosanitarios públicos situados en esas zonas se vinculen a una oficina de farmacia de la misma zona.

Por último, se introducen cambios en la ley gallega de prevención de adicciones. Entre otras medidas, se prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas y bebidas energéticas en la vía pública a menos de 100 metros a pie de las entradas principales de centros docentes y determinados centros de menores.

También se fijan obligaciones de información mediante carteles en establecimientos que venden o suministran alcohol y se regula el acceso de menores de 16 años a determinados locales y espectáculos musicales cuando vayan acompañados por una persona adulta responsable, con la excepción de las fiestas y verbenas populares