Redacción. Santiago
La Consejería de Sanidad ha publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la orden por la que se regula el procedimiento de permanencia en el servicio activo del personal funcionario público en Atención Primaria y Especializada. El personal que así lo solicite podrá mantenerse en activo como máximo hasta los 70 años de edad, siempre y cuando reúna las capacidades psicofísicas necesarias y que responda a las necesidades organizativas.
Según establece la orden, la prolongación en el servicio activo será autorizada o denegada por la Gerencia de Gestión Integrada. En el caso de los territorios que no tienen configurada esta estructura organizativa, la competencia corresponderá a las gerencias de Atención Primaria y Especializada. La denegación de la prolongación será comunicada a la Dirección de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud (Sergas).
Para aceptar o denegar la permanencia en activo se tendrán en cuenta, en primer lugar, las razones organizativas derivadas de la planificación del empleo público, aplicando para estos efectos los criterios incorporados en el Plan de Recursos Humanos del personal estatutario del Sergas; y en segundo lugar, la capacidad psicofísica de la persona solicitante.