La práctica avanzada no cuenta en la clasificación profesional por ausencia de homogeneidad nacional

Práctica avanzada enfermera en el Estatuto Marco.
Paloma Repila, portavoz y adjunta a la Secretaría General de Acción Sindical de Satse.


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La clasificación profesional del anteproyecto del Estatuto Marco es clara. Las enfermeras contratadas como generales se ubican en el grupo seis. Por otro, aquellas que han cursado el EIR y ocupan una plaza de especialista forman parte del siete. A su vez, las graduadas que se han doctorado y tienen un puesto de trabajo en investigación fijan su lugar en el grupo ocho, el más alto de la nueva estructura, fundamentada en el Marco Español de Cualificaciones (MECU). El problema se halla en un perfil que no coincide exactamente con ninguno de los anteriores: la enfermera de práctica avanzada. De momento, la formación de estas sanitarias no se valoraría a la hora de ser colocadas en el esquema propuesto para el Sistema Nacional de Salud (SNS). La falta regulación de la Enfermería de Práctica Avanzada es la causa.

Paloma Repila, portavoz y adjunta a la Secretaría General de Acción Sindical de Satse, lamenta la situación. De hecho, en caso de aprobarse el texto actual del Estatuto Marco, las enfermeras de práctica avanzada se ubicarían en el nivel seis, junto a aquellas que únicamente tienen el grado. De momento, no tendrían la posibilidad de escalar al siete, donde se hallan las especialistas.

La ausencia de un marco regulatorio para la práctica avanzada impediría el progreso de las enfermeras que ostentan un diploma de acreditación, un diploma de acreditación avanzada o, incluso, un máster. "Salvo casos muy puntuales, como el título en Urgencias y Emergencias, la mayoría de convocatorias de acceso al empleo público no suelen requerir ningún tipo de posgrado a las enfermeras, dado que no hay ninguna normativa que homogeneice este nivel formativo", ha explicado Repila a Redacción Médica. "Al final, lo único que tenemos legislado son las especialidades", ha añadido. Razón por la que solo estas son demandadas en las ofertas laborales.


"La práctica avanzada es muy heterogénea en la actualidad y tiene que haber una regulación nacional"



En este sentido, la representante de Satse ha destacado que los trabajos por la unificación de los conocimientos que capacitan para laborar en un área determinada deben continuar. "La práctica avanzada es muy heterogénea en la actualidad y tiene que haber una regulación nacional. No podemos focalizarnos en la aprobación de puestos específicos para un centro concreto de alta complejidad", ha afirmado. Esta particularidad cubrirá necesidades en un hospital o centro de Atención Primaria, pero no repercutirá en la categoría profesional de la enfermera. Para ello, hay que legislar.

El Ministerio de Sanidad ha confirmado que en 2027 aprobará un marco común y, de momento, ha dado los primeros pasos en esta dirección con la regulación de la capacitación específica en Cuidados Paliativos. Sin embargo, las áreas son infinitas. Desde disciplinas amplias como Oncología hasta especificidades como rehabilitación cardíaca, ostomías o educación diabetológica. Ámbitos en los que no dejan de ampliar conocimientos las egresadas de Enfermería, a través de cursos o másteres. "Solo falta homogeneizar a nivel nacional, para garantizar la vigilancia formativa de la profesional y, por ende, la atención equitativa al paciente", ha insistido.

Nivel siete para práctica avanzada


En caso de contar con una norma que estructure la Enfermería de Práctica Avanzada, Repila no tiene duda que la profesional acreditada debe acceder al grupo siete. Eso sí, siempre que haya una traslación de créditos para confirmar el avance. "Nuestro grado se compone de 240 créditos, por lo que se debería de contar un título que agregue los restantes para poder equiparar la formación a la de grados ya presentes en este nivel", ha apuntado. Este es el caso de Farmacia u Odontología -ambos de cinco años- o la combinación de Psicología y su máster habilitante en la vertiente sanitaria.

Por ello, no todo vale. Bajo su punto de vista, la práctica avanzada debe estar fundamentada en la formación vía máster. Al menos, un año de especialización. Bajo su punto de vista, esta no tiene que equipararse con cursos de varios meses, independientemente de su calidad. "No queremos facilidades, sino igualdad de oportunidades con el resto de profesiones sanitarias", ha aseverado.

Fomento de la contratación específica


Sin embargo, el acceso al nivel siete viene determinado por un aspecto más. En realidad, a cualquier grupo. Pertenecer a uno de ellos no depende únicamente de la formación del profesional, sino del contrato que asuma. Así, una enfermera puede contar con una especialidad o un doctorado en su currículo, pero situarse en el seis por haber firmado un acuerdo laboral como generalista. "El quid de la cuestión está en los requisitos de la oferta de empleo público", ha incidido Repila.

Motivo por el que los servicios de salud tienen que incrementar el número de vacantes para enfermeras con instrucción adicional a la carrera universitaria. Pese a que son casos excepcionales, hay comunidades autónomas que no han sido capaces todavía de elaborar ofertas laborales para alguna de las seis especialidades aprobadas en la actualidad. La legislación es clave, pero su aplicación también.
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