La iniciativa legislativa de Satse recoge que se puede sancionar a los centros que no cumplan los ratios

Fijar 8 pacientes por enfermera como máximo en el hospital a partir de 2021
Manuel Cascos, presidente de Satse.


8 oct. 2018 18:30H
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POR I. P. NOVA
Un máximo de seis pacientes por cada enfermera de unidades de hospitalización, ocho si se trata de dolencias leves. Este es solo uno de los muchos ejemplos que el Sindicato de Enfermería, Satse, registra en la detallada Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por la que pretenden establecer, por ley, el número máximo de pacientes por cada enfermera del sistema de salud de España, tanto en establecimientos públicos como privados.

La norma -que multaría a aquellos centros que no cumplieran con el ratio- sería pionera en Europa pues solo se conocen situaciones similares en Australia y Canadá. Sería de obligado cumplimiento en el año 2021 al ser necesario que se cumplan los nueve meses que tiene Satse para recoger las 500.000 firmas necesarias, más los correspondientes tres meses (mínimos) para que se tratmite dentro del Congreso  de los Diputados y se legisle como ley. Una vez superado ese trámite, y con su publicación en el Boletín Oficial del Estado, los hospitales tendrían un periodo máximo de 18 meses para adaptarse a dicha norma. En total, un mínimo de 30 meses, dos años y medio, por lo que se aplicaría a principios de 2021.

En lo que respecta al ratio de las unidades de cuidados intensivos o quirúrgicas el ratio se reduce. De esta forma, en unidades de cuidados intensivos y otras áreas de cuidados críticos, la asignación de pacientes por cada enfermera será de un máximo de dos. Cuando se trate exclusivamente de unidades coronarias este número podrá aumentarse “excepcionalmente” hasta 3 pacientes por enfermera.


Tres pacientes por enfermera en las unidades coronarias de cuidados intensivos


Por otro lado, en unidades de reanimación postquirúrgicas, la asignación de pacientes por enfermera será de un máximo de tres y, en las áreas quirúrgicas, la asignación de enfermeras por cada quirófano será de tres, salvo en aquellos casos en que se establezcan las condiciones de seguridad para reducir este número de enfermeras.


La creación de una Comisión de Ratios


En lo que respecta a los servicios de Atención Primaria, la asignación de población por cada enfermera no deberá superar los 1.500 habitantes, pudiéndose reducir esta cantidad en función de la tasa e indicadores de complejidad, tales como la edad, la cronicidad, la pluripatología u otras.

Por último, en el ámbito sociosanitario  la concreción de las ratios enfermeras se establecerá por la Comisión Interterritorial de Ratios Enfermeras cuyas funciones, composición y normas de funcionamiento serán reguladas mediante real decreto y dependerán del Ministerio de Sanidad. Además, este órgano determinará el ratio en aquellas situaciones que afecten a unidades o servicios no contemplados en los apartados ya redactados dela legislación.


La inspección y control de los ratios


Los centros sanitarios incluidos en el ámbito de esta Ley  estarán sometidos al control, inspección y evaluación de las ratios enfermeras. Por consiguiente, el incumplimiento de las ratios constituirá infracción administrativa en materia de sanidad y será objeto de sanción.

Para que se pueda cumplir y ejecutar (de ser necesario) las sanciones, los centros en los que se presten cuidados de enfermería remitirán al organismo competente la información acreditativa acerca de las plantillas de profesionales de enfermería con que cuentan y las ratios enfermeras consiguientes.  En este sentido, se publicarán anualmente las ratios enfermeras de los servicios. 

ACCEDA AQUÍ A LA INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR.


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