El consejero de Sanidad de Castilla y León, Antonio Sáez Aguado, anunció un presupuesto de más de 3 millones de euros

Sanidad pagará el alojamiento de los pacientes oncológicos desplazados
El consejero de Sanidad, Antonio Sáez Aguado y la portavoz del gobierno autonómico, Milagros Marcos.


10 mar. 2017 11:30H
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POR REDACCIÓN
La Consejería de Sanidad de Castilla y León se hará cargo de los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento de los pacientes que se ven obligados a trasladarse desde su lugar de residencia. Así lo oficializa el Boletín Oficial de la Comunidad este viernes. El consejero de Sanidad, Antonio Sáez Aguado,explicó este jueves la medida y destacó la eliminación del copago de 25 euros.
 
Las ayudas aprobadas excluyen a los usuarios con rentas iguales o superiores a los 100.000 euros anuales y se incluye un régimen especial para los pacientes oncológicos tratados con radioterapia para mejorar sus condiciones en los desplazamientos largos. Cuando el tiempo para el desplazamiento en un vehículo sanitario concertado unido al del tratamiento con radioterapia supere las cuatro horas se facilitará al paciente y a un acompañante un alojamiento en la localidad en la que sea tratado hasta el final de cada ciclo.
 
Presupuesto de 3 millones al año

 
Esta nueva medida de la Consejería de Sáez Aguado también mejora la tramitación para la solicitud de las ayudas y la ampliación de seis meses a un año de plaza para acogerse a ellas. El consejero estima que hay unos 50.000 beneficiarios, cifra que puede reducirse en número aunque aumentará la cantidad que reciben los usuarios. El presupuesto pasa de 1,6 millones al año a más de tres.
 
Se podrán beneficiar de las ayudas los menores de 18, personas con una discapacidad  en grado igual o superior al 66% y los dependientes en grado II, así como los pacientes en tratamiento de radioterapia y quimioterapia y los que están en lista de espera. Además, personas con rentas de integración social, pensiones no contributivas y desempleados y quienes tengan un nivel de renta inferior a los 18.000 euros anuales. 
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