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El 1 de noviembre entrarán en vigor en España las nuevas medidas específicas frente a la lengua azul, una enfermedad vírica que afecta a rumiantes (ovinos, bovinos…) y que ya se ha extendido por 15 regiones de todo el territorio nacional. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que da cumplimiento de esta forma a los mandatos del reglamento europeo UE 2026/169, establecerá tres 'estatus' en función de la situación en cada comunidad y limitará el movimiento de ganado solo a aquellas que estén libres del patógeno. Además, mantendrá la puerta abierta a hacer la vacunación obligatoria, decisión que dependerá de los gobiernos autonómicos.

Con motivo del nuevo reglamento europeo, a partir de noviembre la lengua azul pasará a ser considerada una enfermedad de categoría D+E en el territorio comunitario. Ello supone la creación de un marco regulatorio más flexible para la gestión y control de esta patología, que se equiparará a otras dolencias similares como la enfermedad hemorrágica epizoótica. España, por tanto, necesitaba derogar su normativa de 2025 para adaptar sus medidas preventivas y comerciales al nuevo escenario.

Nueva división del territorio nacional

Uno de los cambios más significativos de la orden es la nueva zonificación de España, que reconoce la situación epidemiológica excepcional de los archipiélagos. Las Islas Canarias han logrado ser declaradas oficialmente como "zona libre" de la enfermedad, confirmando la ausencia de circulación del virus en su territorio.

Por su parte, las Islas Baleares se constituyen como "zona sometida a programa de control y erradicación", ya que las autoridades consideran viable alcanzar también la erradicación total. El resto del país, es decir, la totalidad del territorio peninsular, queda catalogado a partir de ahora como "zona sin estatus".

Vacunación y movimiento en la península

La estrategia de prevención también sufre modificaciones. La vacunación contra el virus será, por regla general, voluntaria en todo el territorio nacional, con la excepción de Baleares, donde será obligatoria para las explotaciones de bovino y ovino al estar sometida a un programa de erradicación. No obstante, la norma permite a los gobiernos autonómicos imponer la vacunación obligatoria en sus regiones si lo estiman necesario siempre y cuando no sean vacunas vivas atenuadas.

Finalmente, la normativa trae un respiro para los ganaderos peninsulares: se permitirá el libre movimiento de animales sensibles dentro de la "zona sin estatus" (toda la Península), tanto para vida como para sacrificio, con el único requisito de que los animales no muestren síntomas clínicos de la enfermedad. Los traslados hacia Canarias o Baleares, sin embargo, seguirán sujetos a los estrictos controles sanitarios que marca la Unión Europea.

Avance de la lengua azul en España

Según consta en el último parte informativo del Ministerio que dirige Luis Planas, durante la presente temporada de actividad vectorial, que comenzó el 1 de abril de 2026), el Laboratorio Central de Veterinaria (LCV) de Algete ha confirmado la presencia del virus de la Lengua Azul en las provincias y comunidades autónomas de La Coruña, Lugo, Pontevedra, Asturias, País Vasco, La Rioja, Navarra, Huesca, Lleida, Segovia, Extremadura, Albacete, Toledo, Córdoba y Ciudad Real.