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La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a una veterinaria por la muerte de un perro tras ser vacunado. El tribunal revoca la desestimación inicial del Juzgado de Primera Instancia y sentencia a la sanitaria a indemnizar con 3.350 euros al propietario de la mascota. Lo hace tras considerar que incurrió en mala praxis durante el proceso de inoculación. Una conclusión judicial que expone al colectivo a una mayor exigencia profesional.

Los hechos se remontan al 13 de junio de 2022, cuando un hombre llevó a su perro -un bichón maltés de ocho años y en buen estado de salud- a una clínica veterinaria de una localidad de la provincia de Málaga con la intención de inmunizarlo contra la rabia. A las 19:00, la profesional administró dos vacunas, ambas procedentes de distintos laboratorios y cada una en un lado distinto del cuello. El animal empezó a presentar síntomas cuatro horas y media después de la actuación y murió esa misma noche.

En un principio, el Juzgado de Primera Instancia indicó que no se podía determinar que el fallecimiento del perro se debiera a las vacunas, dado que la veterinaria realizó el protocolo establecido para la inoculación de ambos productos sanitarios, ya que de sus prospectos no se desprende que haya que esperar 15 días para realizar la siguiente inyección. Además, la profesional aplicó ambos productos sanitarios con su correspondiente vial y jeringa.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Málaga difiere de la valoración del primer tribunal. Para ello, se basa en los prospectos de sendos tratamientos. Pese a que uno de ellos no tiene contraindicaciones, las compañías farmacéuticas tras estos productos señalan que "no existe información disponible sobre la seguridad y la eficacia de su uso con cualquier otro medicamento veterinario". Además, puntualizan que "la decisión de utilización de esta vacuna antes o después de la administración de cualquier otro medicamento veterinario se debe realizar caso por caso". Es más, una de estas inoculaciones "no puede mezclarse con ningún otro medicamento veterinario", salvo excepciones.

Bajo la interpretación del organismo judicial, los prospectos indicaban que los tratamientos no podían administrarse de forma seguida, independientemente de que no se mezclasen en un mismo vial o jeringa, como entendió la veterinaria demandada. Razón por la que se la condena por mala praxis. Asimismo, recuerda que la sanitaria debería haber comprobado el estado del perro, ya que estos productos "solo pueden administrarse en animales sanos". No hay que olvidar que los peritos mostraron que el mamífero presentaba una afección cardiaca y otra hepática, sin embargo, se entiende que es "imposible determinar si la causa de la muerte fue el proceso degenerativo que ya sufría". Eso sí, no se ha observado una reacción anafiláctica tras las inyecciones.

Mayor atención al prospecto

Esta sentencia sienta un precedente sobre la necesidad de revisión de los procesos de vacunación. En este sentido, la Organización Colegial Veterinaria (OCV) defiende que la inoculación de tratamientos debe realizarse con el máximo rigor científico y normativo, tanto para salvaguardar la sanidad animal como la salud pública.

La vacunación contra la rabia es la única estrictamente obligatoria en buena parte de España, por lo que la revisión del tipo de tratamiento aplicado se intuye fundamental. Así, se pueden evitar casos como el relatado.