El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena a nueve meses de prisión y multa de cuatro meses impuesta a dos hombres como autores de un delito de estafa procesal. De esta manera, el tribunal considera probado el intento de engañar a su compañía aseguradora al fingir daños a su coche por un supuesto atropello a un caballo.
La sentencia respalda así íntegramente el auto previamente emitido por la Audiencia Provincial de Jaén, en el que se estimaba que ambos varones se habían puesto de acuerdo para simular el siniestro. Los condenados reclamaron una indemnización por valor de 55.000 euros alegando un accidente que, según la sentencia, carecía de verosimilitud conforme al relato de lo sucedido y las pruebas aportadas.
Los hechos se remontan al 24 de junio de 2018 en el municipio jaenés de Lopera. Según el relato de hechos probados que la Sala de Apelación del TSJA da por bueno, los autores del delito afirmaron que el coche del primero de ellos había colisionado contra el animal, propiedad del segundo, provocándole una fractura abierta en la pata trasera derecha que obligó a su sacrificio.
Ante el rechazo inicial de la compañía aseguradora a abonar la indemnización solicitada, el dueño del equino llegó a interponer una demanda civil en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Andújar, reclamando la cantidad de 55.000 euros. Dicho procedimiento judicial quedó en suspenso al abrirse la vía penal por posible fraude.
Falta de verosimilitud y contradicciones en el relato de los condenados
Frente al recurso de la defensa, que alegaba la vulneración de la presunción de inocencia y una errónea valoración de la prueba por fundamentarse en indicios, el alto tribunal andaluz concluye que existe un conjunto de pruebas indirectas "sólido, lógico y coherente" que desmonta por completo la versión de los implicados.
De esta manera, el magistrado valida los argumentos de la Audiencia Provincial de Jaén en los que apreciaba una incompatibilidad entre las lesiones del caballo y el relato de los hechos que defendieron los condenados. El informe pericial dice que la lesión que sufrió el animal encaja con un impacto directo muy localizado y no con la secuencia de la caída que describieron los acusados.
Del mismo modo, la sentencia considera que la falta de sangre en el lugar de los hechos, con apenas unas gotas, no se corresponde con la hemorragia que produce una herida de tal magnitud. De hecho, los peritos y veterinarios constataron la presencia de un abundante charco de sangre en la propia cuadra a la que fue trasladado el animal.
En base a las pruebas presentadas, el tribunal considera "abiertamente inverosímil" e "insólita" la conducta de ambos individuos después del supuesto arrollamiento, sumado a la falta de testigos presenciales en una zona donde se presupone un tránsito apreciable. A ello añaden las numerosas contradicciones que apreciaron en el relato del conductor al ser interrogado por los investigadores de la aseguradora.
El conductor del vehículo abandonó el lugar transcurridos apenas unos minutos sin prestar auxilio ni esperar la llegada del veterinario o de las fuerzas de seguridad, pese a ser consciente de las gravísimas heridas causadas a un equino valorado en más de cincuenta mil euros. Del mismo modo, la resolución enfatiza que el dueño del animal no solicitase la presencia de la Policía Local o de la Guardia Civil para levantar el correspondiente atestado formal que garantizase su posterior reclamación económica máxime cuando reconoció que solo conocía de vista al conductor del coche.
Tampoco consta acreditada de forma fehaciente la reparación del vehículo, la cual, según afirmaron, fue realizada en un taller de confianza sin desmontar piezas, sin dejar marca y de forma gratuita.
Por todo ello, el TSJA concluye de manera inequívoca que ambos varones se pusieron de acuerdo para simular el siniestro y estafar a la aseguradora.
