El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena a dos años y seis meses de prisión impuesta a una enfermera que accedió sin autorización al historial clínico de su expareja utilizando sus credenciales profesionales. La Sala de lo Civil y Penal mantiene así íntegramente la sentencia dictada el pasado mes de mayo por la Audiencia Provincial de Navarra. La resolución todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
Los hechos se remontan a junio de 2023, cuando la condenada trabajaba como enfermera en el Hospital de Día del Servicio de Nefrología del Hospital Universitario de Navarra. Según los hechos probados, ese día accedió durante 31 minutos y cuatro segundos a la historia clínica de atención especializada de su expareja y, desde ella, también a su historia de atención primaria y a la historia clínica digitalizada.
El tribunal considera acreditado que la consulta se realizó “sin justificación asistencial alguna y sin autorización ni conocimiento” del afectado y que tuvo como finalidad conocer información relacionada con su estado de salud. La historia clínica especializada permite acceder a la información generada por los servicios hospitalarios y especialistas del Servicio Navarro de Salud.
Acceso mediante sus claves profesionales
La principal prueba de cargo fue el registro informático de los accesos realizados mediante las claves de la enfermera. La Sala considera que tanto la prueba documental como la testifical acreditaron que la profesional consultó datos clínicos específicos sin que existiera una finalidad asistencial que justificara la entrada en el historial.
Durante el procedimiento, la enfermera se acogió a su derecho a no declarar tanto en la fase de instrucción como durante el juicio oral. El TSJN recuerda que el silencio de una persona acusada "no constituye por sí mismo una prueba de cargo, aunque puede actuar como elemento corroborador cuando existen otras pruebas suficientes y concurren circunstancias que requieren una explicación que solo la persona encausada puede aportar".
El acceso a la información sanitaria tuvo además consecuencias para el denunciante. Según los hechos recogidos en la resolución, después de conocer lo ocurrido presentó "nerviosismo y alteración psicológica" y el 14 de noviembre de 2023 precisó atención médica en un centro de salud.
Delito de descubrimiento y revelación de secretos
La conducta ha sido considerada constitutiva de un delito de descubrimiento o revelación de secretos cometido por funcionario público. Además de los dos años y seis meses de prisión, la condenada deberá abonar una multa de 3.240 euros y pagar 3.000 euros de indemnización a su expareja por los daños y perjuicios ocasionados.
La defensa había solicitado al TSJN la absolución, mientras que la Fiscalía y la acusación particular pidieron que se desestimara el recurso. El Ministerio Fiscal reclamó además elevar la pena hasta los tres años y tres meses de prisión. La Sala de lo Civil y Penal, sin embargo, ha confirmado íntegramente el fallo de la Audiencia Provincial.
El caso pone de nuevo el foco judicial en el acceso a las historias clínicas por parte de profesionales que disponen de credenciales para consultar información sanitaria. La existencia de autorización técnica para acceder a un sistema sanitario no implica que pueda utilizarse para consultar los datos de un paciente sin una finalidad asistencial o sin estar amparado por alguno de los supuestos legalmente previstos.
