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Redacción. Madrid

El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado mantener la suspensión de la disposición adicional de la Ley Foral 8/2013 sobre la complementación de las prestaciones farmacéuticas en la Comunidad Foral de Navarra, que exime a pensionistas y personas mayores de 65 años del copago farmacéutico según renta implantado por el Ministerio de Sanidad para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Esta decisión se produce después de que el pasado mes de noviembre el gobierno central decidiera recurrir la ley navarra al entender que vulnera la normativa básica estatal. En enero el Gobierno de Navarra decidió personarse en la causa y solicitar el levantamiento de la suspensión.

Sin embargo, el alto tribunal ha levantado la suspensión del resto de preceptos de la norma por la que se reconoce a las personas residentes en Navarra el derecho de acceso a la asistencia sanitaria gratuita del sistema público sanitario de la comunidad. Así, según recoge esta ley, tendrán acceso de forma gratuita a la asistencia sanitaria primaria y especializada todas las personas con residencia en Navarra, cualquiera que sea su edad, nacionalidad o situación legal, lo cual incluye también a los inmigrantes en situación irregular. Se entiende por residencia el hecho de acreditar, por cualquier medio admitido en Derecho, incluido el empadronamiento, que el domicilio de la persona está en un municipio de Navarra, sin atención a tiempo alguno.

Una vez aportada esta documentanción, la Administración sanitaria expedirá gratuitamente a las personas que no dispongan de la tarjeta sanitaria individual del Sistena Nacional de Salud, un documento de identificación de acceso al régimen de universalización de la asistencia sanitaria pública en Navarra.