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Las sociedades científicas promotoras de las especialidades de Periodoncia, Cirugía Bucal, Ortodoncia, Odontopediatría, Endodoncia y Prótesis Estomatológica han presentado recursos administrativos contra las resoluciones de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad que denegaron el inicio de los procedimientos para la creación de estos seis títulos oficiales de especialista en Ciencias de la Salud.

Los recursos han sido promovidos por la Sociedad Española de Periodoncia y Osteointegración, la Sociedad Española de Cirugía Bucal, la Sociedad Española de Ortodoncia y Ortopedia Dentofacial, la Sociedad Española de Odontopediatría, la Asociación Española de Endodoncia y la Sociedad Española de Prótesis Estomatológica y Estética, en colaboración con el Consejo General de Dentistas de España y la Conferencia de Decanos de Odontología de España. Las entidades solicitan la revisión de las resoluciones dictadas el 9 de julio de 2026 y la continuación de la tramitación prevista en el Real Decreto 589/2022.

Los recursos sostienen que las resoluciones desestimatorias se adoptaron sin completar determinados trámites esenciales, entre ellos la emisión de los informes profesionales, sanitarios y universitarios preceptivos, la realización del test de proporcionalidad y la celebración de un trámite de audiencia con las entidades solicitantes. Las sociedades científicas tampoco recibieron un requerimiento que les permitiera subsanar, mejorar o reformular los aspectos de las propuestas que el Ministerio consideraba incompatibles con la normativa sobre formación sanitaria especializada. La ausencia de esta posibilidad impidió que pudieran adaptar sus proyectos antes de la adopción de una decisión desestimatoria con efectos especialmente relevantes.

Las entidades reconocen que, a falta de un real decreto más adaptado a las características específicas de las especialidades odontológicas en Europa, los títulos oficiales de especialista deben ajustarse de la manera más racional posible, al marco legal de la formación sanitaria especializada descrita en el Real Decreto 589/2022, que comprende la relación laboral especial de residencia típica de los profesionales especialista de medicina, la retribución del especialista en formación, la actividad asistencial supervisada, la tutorización, la asunción progresiva de responsabilidades y la evaluación de competencias. Una parte importante de estos objetivos ya estaba contemplada en las propuestas inicialmente remitidas al Ministerio.

Las sociedades han manifestado en todo momento su disposición a modular los proyectos iniciales e incorporar los elementos necesarios para hacer realidad las especialidades odontológicas en España. Consideran, sin embargo, que esta reformulación debía haberse permitido durante la tramitación, en lugar de convertir determinados aspectos corregibles del modelo en una declaración de inviabilidad jurídica de las especialidades.

Un modelo adaptado a una asistencia no hospitalocéntrica

Las sociedades científicas subrayan que la adaptación al sistema de residencia no puede consistir en trasladar automáticamente a la odontología un modelo concebido fundamentalmente para especialidades médicas desarrolladas en grandes hospitales. "La actividad odontológica especializada se presta mayoritariamente en clínicas odontológicas, centros universitarios, unidades ambulatorias y otros centros sanitarios. No se articula habitualmente en torno a la hospitalización, las guardias o la atención urgente continuada, sino mediante una actividad clínica programada, longitudinal y ambulatoria, con una elevada carga diagnóstica, terapéutica y de seguimiento", han apuntado desde el Consejo General de Dentistas.

Por este motivo, las entidades piden al Ministerio de Sanidad que lidere el desarrollo de un modelo de residencia plenamente reglado, remunerado, acreditado y evaluado, pero razonablemente adaptado a la realidad clínica de la odontología. Este sistema podría integrar clínicas odontológicas universitarias, centros sanitarios públicos y hospitales acreditados, siempre que garanticen la contratación y la retribución de los residentes, así como la actividad asistencial efectiva, la tutorización, la supervisión, la evaluación y la asunción progresiva de responsabilidades.

La normativa vigente no excluye la participación de centros universitarios en la formación sanitaria especializada. La titularidad de los dispositivos docentes no determina por sí sola la validez del modelo, siempre que las unidades estén acreditadas y cumplan las garantías propias de la residencia.

Una adaptación prevista en la ley

La Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, permite, en su artículo 20.4, adaptar los principios generales de la residencia a las características específicas de determinadas profesiones sanitarias, entre ellas la de dentista. La propia ley contempló, además, la existencia de especialidades cuyo sistema formativo no era el de residencia. Su disposición transitoria cuarta estableció que el Gobierno debía modificar, suprimir o adaptar esos sistemas a los principios generales de la residencia en un plazo de cinco años desde la entrada en vigor de la ley, plazo que concluyó en noviembre de 2008.

Aunque esta disposición se refería directamente a especialidades ya existentes, evidencia que el legislador era consciente de que no toda la formación sanitaria especializada partía de una estructura hospitalocéntrica y de que correspondía al Gobierno desarrollar las adaptaciones necesarias.

Esta dificultad fue identificada expresamente por el Consejo de Estado en su Dictamen 204/2022, de 9 de junio, emitido durante la elaboración del Real Decreto 589/2022. El máximo órgano consultivo del Gobierno señaló que la configuración del sistema español podía impedir que los dentistas dispusieran de especialidades reconocidas, que sí existen en otros Estados de la Unión Europea, con posible repercusión en la libre circulación de los profesionales.

Para las sociedades científicas, estas previsiones confirman que el problema no reside en la inexistencia de áreas odontológicas diferenciadas ni de necesidades formativas específicas, sino en la falta de un marco adecuado para integrarlas en el sistema español de formación sanitaria especializada.

Petición al Ministerio de Sanidad

Los recursos solicitan, con carácter principal, la anulación de las resoluciones por haberse dictado sin completar el procedimiento legalmente establecido. Subsidiariamente, solicitan la retroacción de las actuaciones para emitir los informes preceptivos, realizar el test de proporcionalidad, abrir el trámite de audiencia y permitir la reformulación de los modelos formativos.

Las seis entidades presentan estos recursos con voluntad de diálogo y de colaboración institucional. Confían en que el Ministerio de Sanidad estime las peticiones planteadas, reabra los procedimientos y lidere, junto con las comunidades autónomas, las universidades, el Consejo General de Dentistas, la Conferencia de Decanos y las sociedades científicas, la definición de un modelo propio de residencia odontológica.

La solución, en opinión de todos los actores implicados (Sociedades Científicas, Consejo de Dentistas y Conferencia de Decanos), no consiste en excluir a la odontología del sistema de residencia ni en imponerle una estructura hospitalocéntrica ajena a su realidad clínica. Consiste en aprovechar las posibilidades de adaptación previstas en la ley para construir un sistema riguroso, viable, remunerado, sujeto a garantías públicas y alineado con el entorno europeo.

Las sociedades científicas reiteran su disposición a trabajar con el Ministerio para resolver "un problema pendiente desde hace años", avanzar en el reconocimiento de las especialidades odontológicas, mejorar la calidad y la homogeneidad de la formación y reforzar la protección de los pacientes.