El abordaje de situaciones de emergencia cuenta con una nueva regulación desde que el Consejo de Ministros aprobará el pasado martes la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil -diseñada por el Ministerio del Interior y publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE)- para la defensa de infraestructuras vulnerables, como son los centros sanitarios. Asimismo, también ha avanzado en la publicación de los criterios a seguir en caso de terremoto, volcán o accidente grave en el que intervienen sustancias peligrosas. Tres documentos en los que se recalca la necesidad de proteger el estado de salud de las personas.
El plan para la protección de instalaciones estratégicas se aplica en todo establecimiento en el que se presten cuidados médicos en régimen de hospitalización o tratamiento intensivo o quirúrgico. Este también incluye a las instalaciones de uso sanitario que dispongan de una altura de evacuación igual o superior a los 28 metros, o de una ocupación de un mínimo de 500 personas.
La nueva normativa exige que las citadas infraestructuras cuenten con un plan de autoprotección en caso de emergencia, en el que se deben identificar y evaluar los riesgos, establecer medidas preventivas, asignar responsabilidades y definir procedimientos de alerta, alarma, intervención, evacuación, refugio y socorro. Esta estrategia debe ser elaborada por un miembro del centro, quien se encargará de su implantación y actualización -cada cinco años-, a la vez que de la formación del personal, la orquestación de simulacros -mínimo uno al año- y la colaboración con las autoridades.
Los planes de hospitales y centros de Atención Primaria deberán someterse a control administrativo. Por otro lado, estos deberán adaptarse a los planes territoriales o especiales correspondientes para garantizar la coordinación con los servicios públicos de Emergencia. Este proceso se llevará a cabo cada cuatro años.
Actuación ante catástrofes naturales
El Consejo de Ministros también ha dado luz verde a las Directrices Básicas de Planificación de Protección Civil ante determinadas crisis. Por ejemplo, en caso de terremoto, erupción volcánica o accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas. No hay que olvidar que España es un país que ha sido afectado por estos tres tipos de episodios.
A nivel de salud, las estrategias de respuesta en los tres deben garantizar la atención sanitaria de urgencia, el traslado de heridos a centros hospitalarios, la asistencia psicosocial, la actuación médico-forense y la prevención de epidemias a través del control higiénico-sanitario de agua y alimentos. En el caso de los accidentes con elementos tóxicos, se establecerá una red de centros de salud para el tratamiento de las víctimas. Además, en los tres supuestos, los planes han de incidir en la reparación de los daños que puedan afectar a infraestructuras básicas, como el Sistema Nacional de Salud (SNS).
La propuesta de actuación tampoco olvida la necesidad de mantener la prestación asistencial tras el fin de la catástrofe, al igual que el control sanitario y la atención de cualquier incidencia relativa a la salud mental de los afectados por la crisis. Estas acciones, al igual que las anteriores, serán realizadas por el grupo sanitario, que será designado por la Dirección de Emergencia establecida para cada suceso.
