Una vez superada la primera asistencia sanitaria tras un grave accidente de tráfico, cobra especial relevancia la atención médica que precisen los pacientes que vayan a necesitar cuidados de por vida. Por eso, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y La Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa), han firmado un nuevo convenio para garantizar la "asistencia sanitaria futura" y delimitar quién se hace cargo y cómo se sufraga el abordaje de estas secuelas graves y permanentes en el ámbito de la sanidad pública para los ejercicios 2026-2029.
El presente convenio, advierte el documento publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se aplicará a los lesionados de tráfico cuya asistencia futura se preste en los centros sanitarios del Ingesa y tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2029. En los supuestos de existencia de más de una secuela incluida en un mismo grupo anatómico funcional, solo se contemplará la secuela mayor de los siguientes grupos:
- Secuelas motoras sensitivas de origen central y medular.
- Secuelas motoras y sensitivo motoras de origen periférico.
- Trastornos cognitivos y daño neurosicológico.
- Sistema ocular.
- Sistema auditivo.
- Sistema osteoarticular.
- Amputación de extremidad superior.
- Amputación de extremidad inferior.
- Sistema cardiaco y respiratorio.
- Sistema digestivo.
- Sistema urinario.
- Sistema reproductor.
En el caso de que una persona presente varias secuelas que pertenezcan a diferentes a grupos anatómicos funcionales, detalla el BOE; se aplicará la siguiente regla para calcular la indemnización:
- De la secuela más grave: Se indemnizará por el valor completo de la secuela más grave entre todas las que el lesionado haya sufrido.
- Del resto de secuelas: Para las secuelas que afectan a los otros grupos anatómicos funcionales, se indemnizará el 70 por ciento del importe correspondiente a la secuela mayor dentro de cada uno de esos grupos.
Si el lesionado no está conforme, las discrepancias se resolverán por informe médico forense. En caso de detectar, por parte del Ingesa o de la entidad aseguradora, errores manifiestos en relación con los datos aportados "se podrá solicitar la rectificación que corresponda aportando la información o documentación que lo justifique.", añade la orden.
Importes máximos para secuelas de accidentes de tráfico
En el acuerdo se establece, como norma general, la fórmula de un pago único por parte de la aseguradora al sistema de salud. Para calcular cuánto hay que pagar, se multiplica el importe económico anual asignado a la secuela por un coeficiente matemático que depende de la edad que tenga el lesionado en el momento en que sus secuelas se dan por estabilizadas La nueva orden aclara de forma expresa que, dentro de este dinero que se paga a los hospitales, no se incluyen los gastos de prótesis, órtesis (aparatos ortopédicos), ni la rehabilitación en casa o ambulatoria.
La orden incluye una relación de importes máximos anuales, de 2026 a 2029, para secuelas muy concretas, como estado vegetativo, tetraplejias, amputaciones, ceguera, insuficiencias respiratorias o daños en órganos internos.
