El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la nueva ley de cribado neonatal. Con este último paso, y tras una ardua negociación en la que la financiación se situó en el centro del debate, el Ejecutivo estandariza los programas de cribado neonatal en todo el territorio nacional. Así, la norma entrará en vigor el 1 de agosto.
El nuevo cribado neonatal
Con la entrada en vigor de la norma, todo el Estado español contará con un marco único para el cribado neonatal. El objetivo es reducir las desigualdades territoriales y garantizar un acceso equitativo en todo el Sistema Nacional de Salud (SNS) a la prueba del talón, que permite detectar de forma precoz las 21 patologías incluidas en la cartera común. Además, tal y como recoge el propio texto, "el Ministerio de Sanidad, en coordinación con las comunidades autónomas, garantizará la evaluación periódica del programa de cribado neonatal de enfermedades congénitas en prueba del talón, integrado en la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud".
De hecho, el programa deberá someterse a una evaluación periódica al menos una vez al año, en lugar de cada dos años, como se planteaba inicialmente en la proposición de ley registrada por el PSOE en el Congreso. Asimismo, el Ministerio de Sanidad deberá revisar y actualizar el Sistema de Información del Programa de Cribado Neonatal para reforzar el seguimiento, la evaluación y la coordinación entre las comunidades autónomas y el Estado. Además, el Documento Marco de Cribado Poblacional tendrá que actualizarse en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
El nuevo sistema de financiación
La cuestión económica fue uno de los principales puntos de debate durante la tramitación de esta norma. Desde el Partido Popular insistieron en que la propuesta no contaba con una financiación adecuada. Así, el grupo logró valerse de su mayoría en el Senado para incorporar al texto una nueva disposición final que establece de manera expresa que la financiación del programa estatal de cribado neonatal deberá ser “la suficiente para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que correspondan a las Administraciones Públicas competentes”. De esta forma, se busca dotar a la norma de una cobertura presupuestaria real y sostenida.
Además, el texto estipula que la financiación del cribado neonatal se determinará anualmente en los correspondientes Presupuestos Generales del Estado. Por otro lado, la norma incorpora una modificación de la Ley de Garantías para reforzar la confidencialidad de los precios y de los acuerdos de financiación de medicamentos innovadores. El objetivo es contrarrestar el impacto de la cláusula de Nación Más Favorecida aplicada por Estados Unidos en sus acuerdos con las compañías farmacéuticas, evitando que estos importes puedan utilizarse como referencia en otros países y terminen encareciendo el acceso a terapias innovadoras.
