Tendrán el mismo tipo de servicios y prestaciones sanitarias que tuviese reconocidas con anterioridad a su baja



20 ene. 2012 12:55H
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José Ignacio Echániz.

Redacción. Toledo
La Consejería de Sanidad garantiza a los trabajadores en desempleo que causen baja en la Seguridad Social el mismo tipo de servicios y prestaciones sanitarias que tuvieran con anterioridad al cese de la cotización. Así lo refleja el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, que publica la Orden de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales por la que se adapta a la normativa regional la Ley General de Salud Pública que regula ese aspecto.

Se incorpora el artículo que dice que los trabajadores por cuenta ajena en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social que, estando en desempleo, causen baja de cotización por finalización de la acción protectora de la Seguridad Social, así como sus beneficiarios, tendrán garantizado el mismo tipo de servicios y de prestaciones sanitarias que tuviesen reconocidas con anterioridad a su baja y cese de cotización en la Seguridad Social.

Con esta Orden de la Consejería, que es la adaptación a la región de la Ley General de Salud Pública de octubre de 2011, se regula la extensión de la cobertura sanitaria pública y gratuita a las personas que hayan agotado la prestación o el subsidio de desempleo a partir del 1 de enero de 2012.

Se modifica de esta manera la situación por la que aquellas personas que causen baja en la Seguridad Social tan solo tienen derecho al inicio de la prestación o a la continuación de la misma durante determinados periodos de tiempo.

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