Aprueba la nueva denominación 'Consejo General de Colegios Oficiales de la Profesión Médica'



7 oct. 2011 1:40H
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Redacción. Madrid
El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad ha hecho público el proyecto de Real Decreto por el que se aprueban los Estatutos Generales del Consejo General de Colegios Oficiales de la Profesión Médica, según ha informado esta corporación a través de su portal de noticias.

Juan José Rodríguez Sendín, presidente de la OMC.

La Organización Médica Colegial (OMC), una vez conocido el texto, ha expresado su satisfacción al comprobar que se ha respetado prácticamente en su totalidad el documento aprobado por su Asamblea General el pasado 27 de marzo de 2010. Los nuevos Estatutos van a permitir la modernización de la institución para adaptarla a la nueva realidad social y a las nuevas tecnologías.

Una de sus principales novedades radica en el cambio de la denominación del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos que pasa a convertirse en “Consejo General de Colegios Oficiales de la Profesión Médica”.

A través de la nueva denominación se reafirman los conceptos que forman parte de los principios y valores por los que se rige esta profesión, plasmados a través de los conceptos de “profesional médico”: “médico o médica titulado/a comprometido con los principios éticos y deontológicos y los valores de la profesión médica y cuya conducta se ciñe a distintos principios y valores”; “profesión médica”: “ocupación basada en el desempeño de tareas encaminadas a promover y restablecer la salud y a identificar, diagnosticar y curar enfermedades”; y “profesionalismo médico”: “conjunto de principios éticos y deontológicos, valores y conductas que sustentan el compromiso de los profesionales de la medicina con el servicio a los ciudadanos, que evolucionan con los cambios sociales, y que avalan la confianza que la población tiene en los médicos”. Todo ello englobado, a su vez, dentro del marco del compromiso social adquirido por las organizaciones colegiales.

Los Estatutos abordan, asimismo, la adecuación de la forma de trabajar de las corporaciones médicas a lo establecido en la nueva normativa de Ventanilla Única, contemplada en la Ley Ómnibus de diciembre de 2009 como adaptación de la legislación a la directiva europea de servicios, cuya finalidad es ofrecer una mayor efectividad gracias a una simplificación administrativa que permitirá a las entidades colegiales puedan prestar muchos de sus servicios, a través de un único punto, por vía electrónica y a distancia. Ello se convierte en una oportunidad para la consolidación del Cgcom y de los Colegios de Médicos como sedes electrónicas, adaptándose a las nuevas tecnologías del siglo XXI.

Por otra parte, y tal como se contempla en los nuevos Estatutos, se introducen una serie de cambios para reajustar el funcionamiento de los órganos de decisión, de tal forma que la Comisión Permanente se ampliará con una segunda vicepresidencia que se ocupará de aquellas funciones encomendadas desde la presidencia y ostentar su representación cuando fuera necesario.

Por lo que se refiere a las Vocalías Nacionales, de las nueve existentes se reducen a siete, denominadas de la siguiente forma: Medicina Primaria, Medicina Hospitalaria, Medicina Privada, Médicos Internos y Residentes, Administraciones Públicas, Médicos Jubilados, y Médicos Tutores y Docentes.


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