El Gobierno balear también crea las categorías de óptico optometrista, enfermero de salud mental, técnico superior y técnico de gestión de sistemas y tecnologías de la información



23 may. 2011 13:13H
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Redacción. Mallorca
El Gobierno de Baleares ha aprobado la creación de la categoría de psicólogo clínico, perteneciente al subgrupo A1. Para ejercer, el profesional necesita disponer del título de especialista correspondiente, según el Decreto 47/2011, de 13 de mayo, publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Dicha normativa crea también otras categorías de personal estatutario en el ámbito del Servicio de Salud de las Islas Baleares, y establece un procedimiento extraordinario de integración. Según explica, “la Administración sanitaria lleva a cabo constantemente la adaptación organizativa para adecuarse a las nuevas necesidades asistenciales y para mejorar la calidad de la asistencia, lo que implica en el nivel orgánico unas categorías profesionales adecuadas y adaptadas a las necesidades del momento y que incorporen a las personas que estén más preparadas profesionalmente para cubrir esas necesidades”.

Así pues, en el ámbito del personal estatutario sanitario de formación universitaria se crea la categoría psicólogo clínico/psicóloga clínica (subgrupo A1). El decreto establece que la obtención del título oficial de psicólogo especialista en psicología clínica, expedido por el Ministerio de Educación, es necesario para usar expresamente la denominación psicólogo/psicóloga especialista en psicología clínica y para ocupar puestos de trabajo con esa denominación en centros, establecimientos o instituciones públicas o privadas.

Nuevas categorías de óptico optometrista y enfermera de salud mental

Además, también se crean las categorías de óptico/óptica optometrista (subgrupo A2) y enfermero/enfermera de salud mental (subgrupo A2). Por otro lado, en el terreno de las tecnologías de la información, se crean las categorías de técnico/técnica superior de sistemas y tecnologías de la información (subgrupo A1) y técnico/técnica de gestión de sistemas y tecnologías de la información (subgrupo A2). Finalmente, en el área de prevención de riesgos laborales se crea la categoría técnico/técnica de prevención de riesgos laborales (subgrupo A2).

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