FALLO DE LA AUDIENCIA DE SEVILLA | |
Multa a un auxiliar de clínica de ortodoncia por un delito de intrusismo | |
Realizó actividades que exceden a las competencias propias | |
Redacción. Sevilla La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la pena de seis meses de multa, con cuota diaria de diez euros, interpuesta a un auxiliar de clínica de ortodoncia por el Juzgado de lo Penal de Sevilla por un delito de intrusismo profesional.
Tal y como expone el juez, prosigue la entidad colegial, el acusado se atribuyó la profesión de odontólogo, quien "por su cuenta y riesgo colocó brackets, los revisó, aquilató y corrigió directamente en la boca de los pacientes, decisiones todas ellas que exceden de una manera absoluta de las competencias propias de un auxiliar de clínica". Por las razones expuestas, continúa la sentencia, procede desestimar el recurso de apelación interpuesto por el acusado, puesto que las alegaciones del mismo no tienen fuerza alguna para modificar los hechos que se declaran probados. A tenor de ello, el asesor jurídico del Consejo Andaluz de Colegios de Dentistas, Francisco Monedero, ha insistido en la importancia de que cada profesional, dentro de una clínica dental, conozca y desarrolle las funciones que le correspondan según su titulación. De esta forma, "hay que distinguir las funciones del odontólogo de las del auxiliar de ortodoncia". A raíz de estos casos, el Pleno del Consejo Andaluz ha redactado un informe en el que se explican de forma detallada cuáles son las funciones que corresponden a dentistas, higienistas dentales y a los auxiliares de clínica de ortodoncia.
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