Farmaindustria se agarra a que el precio de las marcas se ha igualdado al genérico, y Fenin no entiende por qué se han incluido los productos sanitarios de venta en farmacia



30 oct. 2011 23:15H
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Redacción / Imágenes: Miguel Ángel Escobar y Diego S. Villasante. Madrid
Este 1 de noviembre entra en vigor la generalización de la prescripción por principio activo (PPA) en el Sistema Nacional de Salud (SNS), prevista por el Real Decreto Ley 9/2011 que se aprobó por el Consejo de Ministros en agosto, tras ser esbozado a finales de julio en un Consejo Interterritorial del SNS confuso, en el que se presentó la idea a los consejeros de forma verbal, sin propuesta en firme plasmada en un documento.

Imagen de los integrantes del Consejo Interterritorial del SNS, reunidos en julio de 2011. En esta cita el Ministerio de Sanidad presentó 'de viva voz'  la idea que ha desembocado en el real decreto 9/2011.

Esta medida significa que, como norma, los profesionales sanitarios con capacidad para prescribir medicamentos lo deberán hacer consignando en la receta el nombre del principio activo del medicamento. El siguiente paso corresponde a la oficina de farmacia, donde el farmacéutico deberá dispensar un medicamento de los que estén a menor precio dentro de los que contengan el mismo principio activo que el prescrito, la misma dosificación y la misma vía de administración. El farmacéutico solo estará obligado a cambiar el medicamento prescrito cuando éste no sea de los de menor precio y el médico no haya justificado la necesidad terapéutica de ese medicamento concreto.

El 9/2011 indica que en los casos excepcionales en los que el médico prescriba un medicamento que sea más caro que sus iguales (de la misma agrupación homogénea) y no justifique su necesidad terapéutica, el farmacéutico estará obligado a sustituirlo por otro medicamento con el mismo principio activo, misma dosis y misma vía de administración. Por lo tanto, el médico que quiera prescribir al paciente el medicamento que considere más apropiado, tenga el precio que tenga, deberá justificar una necesidad terapéutica. Lo deberá hacer consignando la anotación ‘necesidad terapéutica’ las recetas oficiales en formato papel. De forma también excepcional, el médico podrá prescribir detallando la marca comercial siempre y cuando el medicamento prescrito esté a precio menor.

La Profesión Médica denuncia los riesgos del 9/2011 para el paciente

Juan José Rguez. Sendín.

El presidente de la Organización Médica Colegial (OMC), Juan José Rodríguez Sendín, ha asegurado que la prescripción por principio activo que contempla el 9/2011 conllevará algunos “riesgos” en su aplicación, ya que habrá pacientes que tengan "confusiones con los envases y las pastillas" en caso de que se vean obligados a cambiar de medicamento. “No es tolerable que, por razones de precio, estemos todos los días cambiando de envase”, ha aseverado. Por eso ha manifestado que “no es razonable que la apariencia que tengan estas pastillas confundan a nuestros pacientes, y como se puede solucionar, no es un problema de la prescripción por principio activo, sino de quien tiene que tomar la decisión para evitarlo”.

Rodríguez Sendín ha animado a los propios profesionales sanitarios a "estar atentos" ante estas posibles confusiones y dar "todo tipo de explicaciones" porque en su opinión, "la medida va a generar un ahorro importantísimo que necesitamos para sostener el sistema".

La industria innovadora pide que no se identifique con los genéricos

Por su parte, una de las partes interesadas, la industria innovadora, ha recordado que “la nueva norma ha configurado un mercado en el que lo que prima para el SNS es que se dispense siempre el medicamento de menor precio, con independencia de que sea o no genérico, por lo que no puede interpretarse la prescripción por principio activo como una obligación, ni tampoco identificarse con la prescripción de genéricos”.

Un día después de la celebración del Interterritorial de julio, los responsables de Farmaindustria ofrecían una rueda de prensa en la que mostraban su malestar por la intención entonces expresada por Sanidad, que desembocaría en el 9/2011. La patronal ha venido rebajando el tono de su discurso desde entonces.

En la práctica, a partir del día 1 de noviembre, las marcas farmacéuticas originales deberán estar alineadas con el precio menor para seguir siendo dispensadas en el ámbito del SNS, por lo que Farmaindustria cree que “el médico podrá recetarlas con todas las garantías de que contribuye al sostenimiento del Sistema Nacional de Salud, pudiendo prescribir según su mejor criterio clínico, de la forma que considere más conveniente siempre que el precio sea el mismo”, y ha incidido sobre que a los médicos, la posibilidad de seguir prescribiendo medicamentos de marca consiguiendo idénticos ahorros para el sistema que con los productos genéricos, “les permitirá tomar las decisiones más adecuadas para el buen control de sus pacientes”, ya que “la posibilidad de seguir su tratamiento con sus medicamentos de marca habituales permitirá evitar confusiones derivadas de los inevitables cambios de envases, formas y colores”.

Fenin advierte que pone en riesgo el sector de los productos sanitarios financiados y dispensados en farmacias

La otra patronal importante en la sanidad, la de la tecnología sanitaria, ha sido más crítica. La Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin) cree que el 9/2011 generará graves perjuicios y consecuencias en el sector de los productos sanitarios financiados y dispensados a través de las oficinas de farmacia.

Juan Antonio Ferreiro y María Aláez.

Jordi Bozal, vicepresidente de Fenin y coordinador del Grupo de Trabajo de Absorbentes, alerta de que es “inviable trasladar el modelo de los medicamentos genéricos a los productos sanitarios, ya que, en este caso, no hay dos productos sanitarios iguales".

A juicio de Bozal, las medidas del nuevo decreto, “suponen una limitación a la libertad de prescripción de los profesionales sanitarios y, como consecuencia, se impedirá el acceso de los pacientes a determinados productos, pudiendo afectar al tratamiento y a la mejora de su calidad de vida”. María Aláez, directora técnica de Fenin, insiste en que “no existen estudios de equivalencia entre productos sanitarios que permitan disponer de evidencias científicas y técnicas que demuestren la igualdad de prestaciones de dos productos para la misma indicación”.

En el mismo sentido comenta Juan Antonio Ferreiro, presidente del sector de Efectos y Accesorios de Fenin que el simple planteamiento “infringe un agravio comparativo importante, ya que estos no tienen como base un principio activo, sino que están fabricados en multitud de materiales de imposible clasificación homogénea”, subrayando además que la homogeneización mermaría la inversión en I+D por falta de potencial innovador. Concluye Ferreiro advirtiendo de que “es especialmente preocupante la posibilidad cierta de que a un paciente se le cambie el producto con el que está siendo tratado en función de criterios puramente economicistas, sin tener en cuenta el perjuicio que dicho cambio puede acarrear para su salud”. A este respecto, añade que “en el caso de los productos sanitarios, corresponde únicamente al profesional sanitario valorar y prescribir el producto que mejor se adecua a la situación clínica de cada paciente”.
 


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