Redacción. Pamplona
La Junta de Portavoces del Parlamento solicitó en su sesión del día 2 de mayo pasado la emisión de un informe jurídico. La Mesa y la Junta de Portavoces han conocido este lunes un informe emitido por los servicios jurídicos el día 8 de junio, así como otro en relación con el anterior, firmado por el Letrado Mayor. El Letrado ha emitido otro informe "ante las dudas razonables sobre la idoneidad como fundamento del recurso que me han generado determinadas interpretaciones realizadas en el informe (de 8 de junio de 2012), empezando por las que parten de considerar al Real Decreto-ley como no integrado en el concepto de ley que se utiliza en algunos preceptos de la Constitución y en el resto del ordenamiento jurídico". Considera, no obstante, que "no se ha justificado debidamente el requisito de la urgencia, que impidiera su aprobación mediante ley ordinaria". "Por lo que cabe concluir que este incumplimiento es contrario al apartado 1 del art. 86 de la Constitución", expone. Cuestión de legitimidad Por su parte, según indica el informe de los servicios jurídicos, el Parlamento de Navarra está "legitimado" para interponer un recurso de inconstitucionalidad contra el citado Real Decreto Ley porque incurre en inconstitucionalidad por infracción del artículo 86.1 de la Constitución. "También incurre en inconstitucionalidad porque en su tramitación no se ha acreditado que concurran circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que justifiquen la utilización del decreto-ley, ni los posibles perjuicios u obstáculos que se hubieran producido de haberse realizado la modificación normativa por el procedimiento previsto para la tramitación parlamentaria de las leyes", añaden. Además, expone el informe, algunos de los preceptos contenidos en el Real Decreto ley "no respetan" lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Constitución que establece una reserva de Ley en lo que se refiere a "los derechos y deberes de todos" en relación al sistema público sanitario. |