La Consejería de Salud facilitará formación específica en transexualidad a sus profesionales



18 jul. 2014 10:15H
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Redacción. Sevilla
El seguimiento de la atención sanitaria de las personas transexuales incluirá la creación de indicadores de seguimiento sobre los resultados de los tratamientos, terapias e intervenciones que se llevan a cabo, con detalle de las técnicas empleadas, complicaciones y reclamaciones surgidas, así como la evaluación de la calidad asistencial. Así lo recoge la Ley Integral para la No Discriminación Por Motivos de Identidad de Género y Reconocimiento de los Derechos de las Personas Transexuales de Andalucía, publicada este viernes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

María José Sánchez Rubio.

El objetivo de esta norma, señala el BOJA, es establecer un marco normativo adecuado para garantizar el derecho a la autodeterminación de género de las personas que manifiesten una identidad de género distinta a la asignada al nacer.

En cuanto a la atención sanitaria, la Consejería de Salud, establecerá un procedimiento asistencial de atención a las personas transexuales que contendrá los criterios, objetivos y estándares de atención recogidos en las recomendaciones internacionales en la materia. Asimismo, el Servicio Andaluz de Salud facilitará el acceso a la cartera de servicios existentes, conforme al proceso asistencial establecido procurando la máxima proximidad entre las personas usuarias y los centros sanitarios.

Salud considerará en su cartera básica los tratamientos que tiendan a la modulación del tono y timbre de la voz. Asimismo, se encargará de proporcionar a sus profesionales formación específica de calidad en materia de transexualidad.
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