La resolución se comunicará al enfermo en el plazo máximo de un mes



24 abr. 2014 13:57H
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Redacción. Tenerife
El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado una resolución por la que se regula el régimen de derivación de personas que, ocupando plazas hospitalarias y habiendo obtenido el alta médica, precisen de atención sociosanitaria. La derivación del paciente a un centro concertado no implicará incrementos de coste de los programas ordinarios de gasto e inversión ni del Servicio Canario de Salud ni de la consejería, según afirma la resolución publicada en el BOC.

Brígida Mendoza, consejera de Sanidad.

El ámbito de aplicación será para las redes hospitalarias públicas y concertadas y las redes de centros sociosanitarios acreditados. Los requisitos para la derivación serán: disponer del alta médica, necesitar cuidados de atención sociosanitaria, no tener posibilidad de retornar a su domicilio habitual.

Para que sea posible la asignación de la plaza será necesario aportar un documento que acredite el consentimiento informativo del paciente para el proceso de derivación, también se requerirá el informe clínico de alta y el informe de cuidados de enfermería junto con el informe del trabajador o trabajadora social del centro hospitalario y del Área de Salud que recogerá las circunstancias socio-familiares.

Una vez que se haya entregado la documentación necesaria, la resolución se dictará y se notificará al paciente en el plazo máximo de un mes. Finalmente será el centro hospitalario público o concertado el que se asegurará de que el traslado del paciente al centro sociosanitario asignado se ha realizado en condiciones asistenciales adecuadas.

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