La ley añade que es fundamental para la defensa y promoción de la salud pública



29 oct. 2013 10:47H
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Redacción. Palma de Mallorca
El consejero de Salud, Martí Sansaloni, ha dado la orden por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado Registro Poblacional de Cáncer de Mallorca; con el objetivo de iniciar y regular la Red de Vigilancia Epidemiológica en la comunidad e integrarlo en el Sistema de Información de Salud Pública de las Islas Baleares.

Martí Sansaloni, consejero de Salud.

Tal y como viene establecido en la Ley 14/1986, en su artículo 6, las actuaciones de las administraciones públicas sanitarias estarán dirigidas a la prevención de enfermedades y no únicamente a su curación. Por ello, los datos personales que se obtengan en el  proceso asistencial de los pacientes tendrán como fin, además de servir a la curación o tratamiento del paciente, servir de instrumento para fines judiciales, epidemiológicos, de salud pública, de investigación y de docencia.

El objetivo es dar a conocer la incidencia anual de los diferentes tipos de cáncer por edad y sexo diagnosticado en personas  residentes en Mallorca. Las personas o colectivos encargados de suministrar datos son todos los hospitales públicos y privados de Mallorca que están obligados a compartir la información conforme al artículo 8 del Decreto 15/1997, de 23 de enero, que crea y regula la Red de Vigilancia Epidemiológica en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Todo ello a través de registros hospitalarios de tumores, informes de anatomía patológica e informes de alta hospitalaria e historias clínicas.

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.