Se atendió a más de 320.000 personas, principalmente de países de la Unión Europea



9 ago. 2013 16:53H
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Redacción. Madrid
La atención sanitaria a pensionistas extranjeros empadronados en España dejó en las arcas del Gobierno 477 millones de euros, lo que supone una cuantía superior en casi cinco millones de euros a lo recibido por ese mismo servicio el año anterior. Dicha cuantía se ha alcanzado tras prestar atención a más de 320.000 jubilados extranjeros, principalmente procedentes de países integrantes de la Unión Europea.

Los datos, ofrecidos en respuesta parlamentaria a una pregunta realizada por los diputados del PSOE Pilar Grande y José Martínez Olmos, cifran los ingresos en 477,21 millones de euros, casi cinco más que los obtenidos por el mismo concepto en 2011 (472,41). De ellos, más de 472,5 corresponden al gasto realizado por personas de países de la UE, mientras que los 4,68 restantes corresponden al resto de naciones.

En cuanto al número de asistencias, se realizaron un total de 320.054, de las que más de 317.000 fueron a pacientes de la UE y 2.351 a personas de otros países, siendo la única cifra que ha registrado un descenso con respecto a 2011.

Derecho a la asistencia sanitaria

Según explica el Gobierno, el derecho de asistencia sanitaria en aplicación de los reglamentos comunitarios y los convenios bilaterales de Seguridad Social, "no tiene su causa en el empadronamiento". Los socialistas preguntaban por el número de personas extranjeras empadronadas en España a los que se les había prestado la atención sanitaria y por el cobro de estas facturas.

En este sentido, el Ejecutivo añade que la asistencia sanitaria prestada a pensionistas de otros estados se efectúa por la modalidad de cuotas globales, según se dispone en el reglamento de la CEE de 2009. "Igual sistema se utiliza para la facturación al amparo de los distintos convenios bilaterales", ha apostillado.

Para la facturación de gastos por la asistencia sanitaria prestada en España a miembros de la familia de personas aseguradas en otro país o pensionistas de otro país en residencia habitual en España, es decir, el país como acreedor envía una vez al año a los distintos países los formularios 'E-127 ES' de un determinado ejercicio.

Según precisa, en el citado formulario se indican el número de cuotas globales mensuales de un año civil que se están reclamando para una unidad familiar (familiares de trabajadores) o para una persona (pensionista o familiar de pensionista).

Para la acreditación del derecho es necesario que el país deudor de la pensión, es decir, el país que exporta el derecho, emita el correspondiente formulario, para que una vez inscrito en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de la provincia de residencia se puedan facturar las cuotas globales, es decir, se factura por una cantidad mensual a tanto alzado, que incluye la aportación estatal de la prestación farmacéutica, por cada mes de residencia efectiva, por cada pensionista y por cada uno de sus beneficiarios.

Además, el Gobierno sostiene que este procedimiento se efectúa también en el supuesto de nacionales españoles pensionistas de otros estados.

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