Con una duración máxima de tres meses, habrán de acreditar residencia de un año y padrón



1 sept. 2013 11:58H
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Redacción. Madrid
Este domingo entra en vigor el Real Decreto 576/2013, de 26 de julio, que contempla las condiciones del convenio especial que pueden suscribir las personas que no cuenten con la condición de asegurado o beneficiario del SNS, tal y como estipula el Real Decreto 16/2012. Afecta a rentistas españoles (con ingresos superiores a los 100.000 euros anuales), europeos que quieran recibir asistencia en nuestro país e inmigrantes ilegales. Dicha póliza estará en vigor durante un plazo máximo de tres meses.

La ministra de Sanidad, Servicios Sociales
e Igualdad, Ana Mato.

Las tarifas oscilan entre los 60 euros mensuales hasta los 65 años, y 157 euros a partir de esa edad. Los requisitos son tres: acreditar “residencia efectiva en España durante un periodo continuado mínimo de un año, anterior a la fecha de solicitud”; estar empadronado; y no tener acceso a otro “sistema de protección sanitaria pública por cualquier otro  título” (normativa nacional; reglamentos comunitarios en  materia de Seguridad Social, o convenios bilaterales que en dicha materia hayan
sido suscritos por España con otros países).

Con este convenio, se accederá a prestaciones básicas del SNS, sin contar el transporte sanitario no urgente o el catálogo de ortoprótesis. Por otro lado, la citada norma identifica “casos especiales” en los que no será preciso la tramitación de dicho convenio: las víctimas de la trata de seres humanos con fines de explotación sexual o los solicitantes de asilo.

Denuncia de irregularidades

El RD toma forma en un momento en el que la atención de urgencia prometida al inmigrante ilegal ha sido puesta en entredicho por la ONG ‘Médicos del Mundo’, que recientemente presentaba un informe alertando de irregularidades en la asistencia prenatal e infantil y que aglutina un millar de casos detectados en diversas comunidades autónomas.

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