Asegura que la Consejería lo aprobó negociando con los sindicatos



25 sept. 2013 18:40H
SE LEE EN 3 minutos

Redacción. Madrid
La sección octava de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado que la Consejería de Sanidad aprobó en marzo su Plan de Ordenación de Recursos Humanos negociando los sindicatos, tras rechazar un recurso presentado por CSIT Unión Profesional en esta dirección, y entiende que el Plan tiene “plena validez y eficacia”.

En concreto, la organización sindical recurrió esta orden al entender que no había sido precedida por la preceptiva negociación y que se había vulnerado su derecho de libertad sindical. En concreto, consideraban que no se había facilitado “con tiempo suficiente” toda la documentación necesaria sino que había habido “entregas parciales” que, a su juicio, impedían “una visión global”.

En la sentencia el tribunal madrileño declara que es “evidente” que la aprobación del Plan ha sido “precedida de la preceptiva negociación, tal y como queda constatado en el expediente administrativo”, destacando que los capítulos objeto de negociación son los que se establecen a partir del 6 -- del 1 al 5 son “meramente descriptivos”--.

“En todo caso, un Plan es el establecimiento de un cuadro marco, abierto y flexible, en el que se recogen las líneas de actuación, en este caso, en el ámbito de Recursos Humanos, que ha de ser objeto de desarrollos normativos ulteriores para la consecución de los objetivos que en el mismo se establecen”, añade.

Además, señala que llevada a cabo la negociación e intentada la “deseable aproximación de posiciones”, si no se alcanza el acuerdo “corresponde a la Administración la obligación de plasmar normativamente sus decisiones” pues entiende que “es a ella a la que incumbe tal deber en aras del interés general al que ha de servir”.

En todo caso, a juicio del TSJM, “parece claro” que toda decisión que se mueva en el ámbito de la dicreccionalidad, “siempre que se adopte respetando el procedimiento legalmente establecido, no va a ser compartida unánimamente”.
Pueden existir, entiende, “diversas posiciones”, y todas “ellas legalmente válidas” pero es “en última instancia a la Administración” a quien incumbe el derecho deber de garantizar el servicio público que tiene encomendado en la forma que crea “más oportuna y eficaz”.

Lasquetty entiende que el rechazo del TSJM pone a los “sindicatos en su sitio”

Por su parte, el consejero Fernández-Lasquetty ha señalado que el rechazo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) al recurso presentado por CSIT “pone a los sindicatos en su sitio”. “Este recurso que hemos ganado formaba parte de la estrategia sindical para impedir las reformas, los tribunales les han puesto en su sitio y todos los intentos sindicales y del PSOE de judicializar nuestras iniciaivas acabarán fracasando como lo han hecho esta vez”, ha apuntado Lasquetty.

 

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.