Las asociaciones advierten que diversos grupos cuentan con problemas para acudir al centro donde reciben tratamiento



31 oct. 2014 11:14H
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Redacción. Murcia
El Servicio Murciano de Salud (SMS) ha regulado un nuevo régimen de ayudas para pacientes por los gastos de desplazamiento y estancia derivados de la asistencia a centros sanitarios, mediante una resolución que ha sido publicada este viernes en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

Manuel Ángel Moreno, director gerente del Servicio Murciano de Salud (SMS).

La decisión del departamento que dirige Manuel Ángel Moreno viene acatada por las peticiones de las asociaciones de pacientes para que mejoren las situaciones de diversos grupos de enfermos, y particularmente, los sometidos a hemodiálisis, que residen en lugares de difícil acceso y que no cuentan con transportes públicos que puedan cubrir sus necesidades, a veces casi diarias, de traslado a los centros en que reciben el tratamiento renal sustitutorio de forma ambulatoria.

Por ello, recibirán ayudas por desplazamiento dentro de la región los pacientes que reciben quimioterapia, radioterapia y cámara hiperbárica, cuyo centro, servicio o establecimiento sanitario al que deba desplazarse se encuentre a una distancia igual o superior a 10 kilómetros de su residencia habitual.

En líneas generales, se subvencionará a quienes lo hagan en cualquier medio ordinario como ferrocarril, autobús, taxi, vehículo particular, etc. La cuantía máxima que se les dará será el resultado de multiplicar el número de kilómetros del trayecto más rápido entre su residencia habitual y el centro sanitario.

También obtendrán ayudas los pacientes de hemodiálisis, que se desplacen a 20 o más kilómetros (a los que se les abonará el resultado de multiplicar el número de kilómetros del trayecto más rápido, incluyendo ida y vuelta por un importe fijo de 0,20 euros por kilómetro); a los que se desplacen a más de un kilómetro y a menos de 20 (en vehículo particular, se les abonará el resultado de multiplicar el número de kilómetros del trayecto más rápido, por un importe fijo de 0,20 euros por kilómetro; en autobús, la tarifa vigente del billete regular urbano o interurbano; en taxi, 8 euros, incluyendo recorrido de ida y vuelta); y a los que se desplacen menos de un kilómetro, 2 euros en vehículo particular, la tarifa vigente de billete regular urbano si lo hacen en autobús, y 4 euros (incluyendo recorrido de ida y vuelta) si van en taxi.

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