La libranza del personal que preste servicios de forma ininterrumpida durante las 24 horas tendrá lugar de inmediato a su realización



30 dic. 2013 16:54H
SE LEE EN 1 minuto
Redacción. Zaragoza
Con el fin de asegurar un correcto funcionamiento de los equipos de Atención Primaria y garantizar a los profesionales el disfrute de las correspondientes libranzas el Servicio Aragonés de Salud (Salud) ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) la resolución por la cual se unifican los criterios para la libranza tras las guardias de estos profesionales. Esta nueva resolución entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014.

Según recoge el BOA, el disfrute de la libranza del personal de los equipos de Atención Primaria que presten servicios de forma ininterrumpida durante las 24 horas tendrá lugar, con carácter general, de inmediato a la realización de cada guardia de presencia física, sin que en ningún caso pueda desplazarse a los lunes y pudiendo solo autorizar la libranza los viernes si se ha realizado guardia el jueves anterior.

Asimismo, establece que quedará siempre garantizada la adecuada cobertura asistencial en la programación funcional de los centros de salud y ésta deberá comprender, al menos, la actividad de consulta a demanda y los avisos domiciliarios por los miembros del equipo.

La regulación del tiempo de trabajo y del tiempo de descanso también deberá quedar reflejada en el reglamento interno de funcionamiento del equipo de Atención Primaria, de tal forma que quede cubierta la asistencia sanitaria ordinaria y la atención continuada del equipo, pero sin que los descansos de guardia disfrutados eximan del cumplimiento de la jornada que en cómputo anual les corresponda.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.