Aspecto incluido en la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias



28 sept. 2011 15:45H
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Redacción. Tenerife
El Pleno del Parlamento de Canarias ha acordado instar al Gobierno autonómico a desarrollar reglamentariamente el artículo 8 de la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias con el objeto de garantizar a los usuarios del Servicio Canario de la Salud (SCS) el ejercicio del derecho a obtener una segunda opinión médica.

Ignacio Álvaro Lavandera.

La iniciativa partió del Grupo Parlamentario Socialista y fue defendida por el diputado Ignacio Álvaro Lavandera, quien ha recordado que los pacientes de los centros y servicios sanitarios adscritos al SCS tienen derecho a una segunda opinión facultativa, para lo que se regularán los procedimientos de obtención de información suplementaria o alternativa ante recomendaciones terapéuticas o indicaciones diagnósticas de elevada transcendencia individual.

Según ha dicho, “la transparencia, eficacia y garantía de calidad en el servicio al ciudadano debe ser una máxima en todas las políticas”. Ha remarcado que se trata de “un derecho consagrado en el que estos elementos no se encuentran presentes debido a la falta de una regulación que establezca derechos y deberes para la administración y para el usuario”.

Álvaro Lavandera ha subrayado que este vacío normativo “debe ser cubierto” y ha apuntado a dos objetivos como irrenunciables: “garantizar a los ciudadanos de la comunidad autónoma una mejor prestación a un derecho ya establecido y mejorar la eficiencia de los recursos públicos, hoy más que nunca escasos”.

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