Será de aplicación a las boticas que no superen unas ventas anuales totales de 200.000 euros



25 abr. 2013 16:07H
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Redacción. Palma
El Govern está elaborando un decreto para establecer un índice corrector con ayudas que garanticen la viabilidad de las farmacias de poblaciones con características singulares por la estacionalidad y la baja densidad de su población, del que se calcula que se beneficiarán 23 oficinas.

José Ramón Bauzá, presidente del Govern.

La norma deriva del Real Decreto Ley 9/2011, de 9 de agosto, de medidas para la mejora de la calidad y cohesión del sistema nacional de salud, de contribución a la consolidación fiscal, y de elevación del importe máximo de los avales del Estado para 2011, ha informado la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social en un comunicado.

El decreto incluye una medida de apoyo a la viabilidad de las oficinas de farmacia que permita garantizar la continuidad del servicio asistencial que prestan y tiene el objetivo de garantizar que las oficinas de poblaciones pequeñas puedan seguir dando servicio.

El Real Decreto Ley estatal fija un índice corrector de los márgenes de las oficinas de farmacia, inversamente proporcional a su facturación con cargo a fondos públicos.

En aplicación de esta Ley, la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia prepara el decreto autonómico por el que se establece este índice corrector.

Según los datos del Govern, la medida afectará a 23 oficinas de farmacia en Baleares, lo que supone un 5,4  por ciento del total.

El borrador del decreto será de aplicación a las farmacias que no superen unas ventas anuales totales de 200.000 euros en el ejercicio económico correspondiente al año natural anterior.

Además deben cumplir requisitos como no haber sido objeto de sanción administrativa firme o inhabilitación profesional, ni estén excluidas de la concertación con el Ib-Salut o con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Mutualidad General Judicial o al Instituto Social de las Fuerzas Armadas.

También deben participar en los programas de atención farmacéutica y en la realización del conjunto de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos.

Las oficinas de farmacia que cumplan estos requisitos podrán solicitar la aplicación del índice corrector a partir del 15 de febrero del año siguiente el reconocimiento del derecho.

Una vez reconocido este índice, se pagará mensualmente, siempre que el importe de la facturación de la oficina de farmacia de la mensualidad en concreto no supere los 12.500 euros.

El índice corrector se aplicará por tramos con un máximo de 833,33 euros mensuales por oficina de farmacia.

El borrador del decreto se puede ver en la página web de la Dirección General de Gestión Económica y Farmacia donde permanecerá durante 15 días en exposición pública, a fin de que se puedan presentar alegaciones al texto.

 

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