El Ejecutivo espera ingresar 780 millones más con esta medida



11 ene. 2011 18:23H
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Redacción. Madrid
La reforma de la Ley que regula el consumo de tabaco que tras su paso por el Senado vuelve ahora al Congreso de los Diputados con varias enmiendas significativas, entre ellas la creación de “cubículos” para fumadores y su entrada en vigor el 1 de julio (en lugar del 2 de enero como está previsto), sumó el pasado viernes en Consejo de Ministros un nuevo aliado. Y es que el Gobierno aprobó un Real Decreto Ley de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar de forma inmediata la inversión y la creación de empleo que contempla un incremento del Impuesto sobre las Labores del Tabaco.

Elena Salgado.

La medida, entró en vigor el pasado sábado, el día siguiente a su aprobación, y responde no sólo al objetivo final de “reducir el consumo para proteger la salud de los ciudadanos”, sino también a la necesidad de incrementar los ingresos para “consolidar las finanzas públicas”, ya que dejará, en cálculos del Ejecutivo, 780 millones más de los que actualmente se recaudan por este motivo en las arcas del Estado.

Las consecuencias prácticas de esta medida sobre el bolsillo del fumador se apreciarán en el aumento del precio medio de las cajetillas, que se situará en torno a los 3,60 euros. Según señaló la vicepresidenta segunda y ministra de Economía y Hacienda Elena Salgado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, esta subida es “oportuna” y se justifica en tanto en cuanto es una medida “fundamentalmente” de salud pública relacionada con el endurecimiento de la ley del tabaco a partir del próximo mes de enero, con la prohibición de fumar en todos los lugares públicos.

La subida, en datos

El aumento se concretará, según expone el Real Decreto, en un alza del tipo impositivo sobre los cigarrillos, que pasará desde 10,2 hasta 12,7 euros por mil cigarrillos y en la elevación del impuesto mínimo hasta 116,9 euros por mil cigarrillos frente a los 91,3 euros en los que está en la actualidad. En lo que respecta al tabaco de liar, el impuesto específico pasará de seis euros por kilo a ocho euros, mientras que el impuesto mínimo se elevará de 50 a 75 euros por kilo. Esta medida tiene por objeto reducir el diferencial de precio con respecto a los cigarrillos.

Por último, “para garantizar la neutralidad fiscal” entre cigarrillos, picadura de liar y el resto de labores del tabaco, los tipos impositivos aplicables a éstas últimas se elevarán, del mismo modo, del 14,5 por ciento al 15,8, lo que supone una proporción similar a la aplicada para los cigarrillos.



 

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