Cree que “implica un gravamen económico difícilmente asumible para estas personas”



13 ene. 2015 18:05H
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Redacción. Sevilla
El Defensor del Pueblo Andaluz ha abierto una actuación de oficio para investigar “la posibilidad de una reducción” de los honorarios de los servicios jurídicos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) cuando se obliga a su pago a las personas que pierden los pleitos contra la Administración, un asunto que suscita “numerosas quejas” ante la Institución porque “implica un gravamen económico difícilmente asumible para estas personas”.

En el texto de dicha queja, que el Defensor dirige a la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, explica que la Defensoría “continúa recibiendo numerosas quejas” de personas que, tras un proceso judicial desestimado contra el SAS, afrontan, además del fracaso de su pretensión, la imposición del pago de las costas en “cuyos conceptos alcanza un peso significativo los honorarios que formulan los profesionales del Gabinete Jurídico o, concretamente, de los servicios jurídicos del SAS”.

Es cierto, continúa dicho texto, consultado por Europa Press, que la condena en costas que recogen estas sentencias “deben incluir la definición calculada de los conceptos que legalmente engloban la noción de ‘costas procesales’ y que han de ser asumidos por la parte condenada”. Por ello, precisa, el Gabinete Jurídico y Letrados del SAS proceden al cálculo y tasación de los honorarios de los profesionales que han intervenido, cumpliendo así con las actuaciones que se prevén dentro de la ejecución del mandato judicial.

Pero, apunta el Defensor del Pueblo, este aspecto “no deja de suscitar quejas” de los ciudadanos afectados por la obligación de pagar tales ‘honorarios profesionales’ que, “más allá de su discutida argumentación, implican un gravamen económico difícilmente asumible para estas personas que se han visto abocadas a interponer las acciones procesales sin obtener finalmente la estimación judicial”.

Según la Oficina, este criterio, conocido en el foro como “quien pierde paga”, se vuelve “un severo condicionante, no para evaluar la solidez de una pretensión, sino para decidir en un primer término la interposición de la acción para reclamar el derecho alegado”. Y, sin embargo, esta diatriba, precisa, “no se produce en estrictos términos de igualdad procesal ya que partimos de un capacidad económica muy inferior para el litigante particular”.

Así, y teniendo en cuenta que la fijación de honorarios ha quedado liberalizado, el Defensor del Pueblo Andaluz ha querido plantear a fondo el cálculo de estas cuantías que presentan los servicios jurídicos del SAS, que, según la Institución, “podrían quedar muy limitadas y evitar el gravamen que le supone a las personas que, tras la sentencia, pierden el procedimiento y se ven abocadas al pago añadido de honorarios”.
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