El Tribunal suspende los artículos 2 y 4 que mantenía vigentes hasta ahora



10 may. 2013 16:32H
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Cristina Mouriño.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una rectificación de la providencia del Tribunal Constitucional que el pasado mes de abril levantaba la suspensión sobre los artículos 2.1 y 4.1 de la ley de prestaciones farmacéuticas de Navarra; y que ahora el alto tribunal también suspende. Según han confirmado fuentes del Departamento de Salud a Redacción Médica esta decisión implica la suspensión por completo de la normativa navarra que regula el copago farmacéutico.

Marta Vera, consejera de Salud.

La ley navarra fue aprobada el pasado mes de octubre por el Parlamento regional y establecía, contra lo estipulado por el Estado, que los pensionistas y las personas mayores de 65 años no pagasen por los medicamentos. En diciembre el Consejo de Ministros acordaba interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la normativa que fue admitido a trámite por el Tribunal Constitucional.

Recientemente el tribunal dictaminaba mantener la suspensión de la ley foral (acordada en el mes de febrero) salvo en dos de sus artículos: el 2.1 y 4.1. Estos dos artículos garantizaban el acceso a esta complementación de las prestaciones farmacéuticas incluida la ambulatoria a todas las personas incluidas en el ámbito de aplicación de la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos a través del Sistema Nacional de Salud por tener la condición de asegurados o beneficiarios del mismo. La modificación que hoy publica el BOE deja sin efecto la norma navarra en su totalidad dado que suspende también estos dos artículos que en una primera decisión se mantuvieron vigentes.

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