El nuevo decreto, que ya ha entrado en vigor, deroga la anterior norma que databa de 1994



2 sept. 2011 13:22H
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Redacción. Toledo
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado el nuevo decreto que determina las competencias sancionadoras en materia de sanidad, ordenación farmacéutica, defensa del consumidor y usuario, productos farmacéuticos, asuntos sociales y protección de menores.

El consejero de Sanidad José Ignacio Echániz.

El nuevo decreto, que ya ha entrado en vigor, deroga la anterior norma que databa de 1994 y tiene por objeto determinar los órganos competentes para iniciar y resolver los procedimientos sancionadores en esta materia en la región.

Los órganos competentes para resolver los procedimientos sancionadores serán los coordinadores provinciales de los Servicios Periféricos de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales para la imposición de sanciones por infracciones calificadas como leves. Los directores generales, en el ámbito de sus respectivas competencias, serán los responsables para las sanciones por infracciones calificadas como graves, mientras que el Consejero de Sanidad y Asuntos Sociales tendrá la facultad de imponer sanciones por infracciones calificadas como muy graves, que no superen la cantidad de 120.000 euros.

En el caso de las sanciones calificadas como muy graves cuya cuantía supere los 120.000 euros, o supongan el cierre temporal o definitivo de un centro, servicio, establecimiento, empresa o industria, la decisión la deberá tomar el Consejo de Gobierno.

Cuando en un mismo expediente se prevea la existencia de varias infracciones con distinta calificación, sin que se deriven necesariamente unas de las otras y sin que se trate de un supuesto de infracción continuada, la resolución corresponderá al órgano que tenga atribuida la competencia sancionadora para la más grave de ellas, de acuerdo con lo dispuesto en el punto anterior.

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