A propuesta de la Comisión Asesora Técnica



9 may. 2011 16:10H
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Redacción. Pamplona
El Boletín Oficial de Navarra ha publicado la modificación del calendario vacunal de esta comunidad. La Comisión Asesora Técnica de Vacunaciones de Navarra ha propuesto al Departamento de Salud vacunar frente Difteria-Tétanos-Pertusis a los 6 años mediante una dosis de dTp acelular de carga reducida como quinta dosis, en lugar de una dosis de DTP acelular de carga completa.

La consejera María Kutz.

Según la Orden Foral 9/1996, de 25 de enero, del consejero de Salud, se creó la Comisión Asesora Técnica de Vacunaciones de Navarra para que, entre otras funciones, contribuyera al diseño, implantación y evaluación de los programas de vacunaciones, analizando la situación epidemiológica de las enfermedades prevenibles por inmunización, estudiando las recomendaciones que realizan los organismos sanitarios nacionales e internacionales para el control de las enfermedades transmisibles, y adecuando el calendario de vacunaciones de la comunidad foral a estos criterios.

La última actualización del calendario oficial de vacunaciones se efectuó mediante la Orden Foral 9/2010, de 21 de enero, de la consejera de salud, por la que se modifica el Calendario Oficial de Vacunaciones de Navarra.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, corresponden al Departamento de Salud, entre otras, las funciones de planificación y ordenación en el área de Salud Pública, en cuyo ámbito se incluyen las actividades de protección de la salud, como son las vacunaciones sistemáticas establecidas en el calendario oficial de vacunaciones.

En consecuencia, a propuesta de la directora general de Salud, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 41de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su presidente, se establece que como quinta dosis de vacuna frente a Difteria-Tétanos-Pertusis se aplicará una dosis de dTp acelular de carga reducida. Por tanto, queda derogada la Orden Foral 9/2010, de 21 de enero, de la Consejera de Salud, y cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en esta Orden Foral.
 

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