Para situaciones cuyas circunstancias impidan expresarse



11 ene. 2011 18:23H
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Fernando Bañolas, consejero de Sanidad.

Redacción. Las Palmas de Gran Canaria
La Consejería de Sanidad ha contabilizado hasta octubre de 2010 un total de 3.969 manifestaciones anticipadas de voluntad (MAV) desde que se puso en marcha este registro en el ámbito sanitario, hace cuatro años, que es único para toda la Comunidad Autónoma de Canarias y tiene carácter administrativo, público y gratuito.

El documento, denominado también Testamento Vital, permite que una persona mayor de edad, capaz y libre, manifieste anticipadamente su voluntad para que se cumpla en el momento en que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarse personalmente sobre los cuidados y el tratamiento de su salud o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos del mismo.

Así, los datos estadísticos del MAV registran 2.363 documentos realizados en la provincia de Las Palmas y 1.606 en la de Santa Cruz de Tenerife. Por sexos, 2.453 correspondieron a mujeres y 1.516 a hombres. El intervalo de edad más frecuente se sitúa entre los 40-50 años, y llega hasta los 70-80 años.

Otro dato relevante apunta a que el 80% de los documentos pertenecían a Testigos de Jehová (2.875 casos), frente al 20% restante, que no se manifiesta.

El manifiesto se puede suscribir de tres formas: ante notario, ante un funcionario encargado del registro o ante tres testigos, los cuales no pueden ser familiares directos del firmante. En este sentido, los rubricantes han preferido acudir al notario en 1.786 ocasiones desde que se puso en marcha el registro. Otros 2.050 documentos se realizaron ante funcionario y 133 ante testigos.

El documento MAV puede hacer referencia a las instrucciones y opciones que deberá respetar el personal sanitario que atienda al otorgante sobre los cuidados y el tratamiento de su salud; las disposiciones respecto al destino de su cuerpo y a la donación de órganos y tejidos; las indicaciones de naturaleza ética, moral o religiosa que expresen sus objetivos vitales y valores personales para que orienten a los profesionales médicos en la toma de decisiones clínicas; y la designación de uno o varios representantes que actuarán como interlocutores de las instrucciones y valores manifestados ante el médico o el equipo sanitario.

El personal sanitario constatará que se ha hecho una MAV consultando los datos de tarjeta sanitaria, donde queda constancia de que se ha otorgado dicha MAV, su fecha y número de inscripción.

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